samedi 10 mars 2012

Minera de los Luksic pretende dejar sin Agua a Campesinos del Valle del Choapa


El grupo económico más acaudalado de Chile con su minera “Los pelambres”, solicitó a la Dirección General de Aguas, 612 litros por segundo de derechos de utilización de agua en el sector de Cuncumén, con un volumen total anual de 17 millones de metros cúbicos, los que se sumarían a los 1.300 litros por segundo que ya utiliza, entre aguas subterráneas y superficiales de la cuenca del Choapa.

El problema consiste en que esa demanda de agua amenaza la capacidad hídrica de una zona escasa de ella, y lo que se le asigna a Pelambres es a costa de las necesidades del sector agrícola del valle.

El 1 de Febrero de 2012 Minera Los Pelambres solicitó a la DGA 612 litros por segundo de derechos de utilización de agua en el sector de cuncumén, con un volumen total anual de 17 millones de metros cúbicos (1 de Febrero diario oficial de la república de Chile), uniéndose a los cerca de 1300 litros por segundo que ya utiliza entre aguas subterráneas y superficiales de la cuenca del Choapa.

de: Juan Carlos Rodriguez

Fuentes:

CHOAPA RESISTE

DIARIO DIGITAL

Existe preocupación en la provincia del Choapa por la escasez de agua en que está asumida desde mediados de década. A esto se suma la preocupación por el aumento de las actividades de la gran minería en el valle del Choapa, que trae consigo un incremento en la demanda de recursos naturales como el agua. Sólo minera los Pelambres consume cerca de 1300 litros por segundo de aprovechamiento de aguas superficiales y subterráneas en la provincia del Choapa.

La preocupación a causa del aumento de la demanda de agua, llega a su punto culmine el 1 de Febrero del año 2012, con la solicitud a la dirección general de aguas (DGA, entidad encargada de la gestión y administración del agua), de parte de minera Los Pelambres, de derechos de aprovechamientos de aguas subterráneas en el sector alto de la provincia del Choapa, en la comunidad de Cuncumén.

La solicitud por minera Los Pelambres corresponde a derechos de aprovechamiento (permiso de uso y goce) consuntivo (para consumir en su totalidad en cualquier actividad) de aguas subterráneas, enumerada en las siguientes cantidades:

Batería de pozos con un total solicitado de 170 litros por segundo, con un volumen anual de 3.153.600 metros cúbicos.

Pozo Nº 1 con un caudal de 81 litros por segundo y por un volumen total anual de 2.554.416 metros cúbicos.

Pozo Nº 2 con un caudal de 36 litros por segundo y por un volumen total anual de 1.135.296 metros cúbicos.

Pozo Nº3 con un caudal de 80 litros por segundo y por un volumen total anual de 2.522.880 metros cúbicos.

Pozo Nº4 con un caudal de 100 litros por segundo y por un volumen total anual de 3.153.600 metros cúbicos.

Pozo Nº5 con un caudal de 45 litros por segundo y por un volumen total anual de 1.419.120 metros cúbicos.

Pozo Nº6 con un caudal de 100 litros por segundo y por volumen total anual de 3.153.600 metros cúbicos.

Equivalentes a 612 litros por segundo y por un volumen total anual de 17.092.512 metros cúbicos, algo así como 1/3 de la capacidad total del embalse corrales (para graficar la magnitud de la solicitud).

Según el Código de aguas, desde la fecha de publicación en el diario oficial de la solicitud de derecho de aprovechamiento de agua, los terceros que se sientan afectados en sus derechos podrán oponerse en un plazo máximo de 30 días (1 de marzo de 2012). De existir oposición la DGA en el quinto día, deberá informar a minera los Pelambres, para que esta responda a la oposición en un plazo no mayor a 15 días.

La DGA deberá emitir un informe técnico y una respuesta en un plazo no mayor a 4 meses después de terminado el plazo de 30 días, en el que se dará resolución al requerimiento de los derechos de aprovechamiento de aguas de la minera.

Según la corte suprema (28 de marzo del 2000) una solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas debe ser rechazada cuando no exista disponibilidad del recurso, y cuando su constitución originaria perjudica y menoscaba a derechos de terceros preexistentes, siendo en este caso legalmente improcedente la petición. Según la corte suprema (21 de Noviembre 2001) el concepto de disponibilidad dice relación con la posibilidad de aprovechar y explotar aguas subterráneas sin detrimento de otros titulares de derechos, no con la mera existencia de dicho elemento líquido.

Cabe recordar que la entidad DGA, desde el año 2006 no ha otorgado derechos de aprovechamiento de aguas de ninguna naturaleza en la cuenca del Choapa, y desde el año 2004 se considera la cuenca del Choapa, como agotada.

La provincia del Choapa históricamente ha pasado por períodos largos de sequía, los que se han incrementado con la instalación de grandes empresas mineras extranjeras en las nacientes de los ríos. A la fecha se cuenta con minera Los Pelambres en el sector de Cuncumén y minera VALE en Manquehua, Quilmenco y Cárcamo. Además se suma el proyecto el Pachón de la minera extranjera Xstrata Copper, que pretende instalar un concentraducto desde Argentina a costa chilena, y el proyecto de CODELCO en San Agustín, entre otras faenas de sondaje realizadas en el sector de Batuco y Canela.

¿Tenemos tanta agua para la gran minería en la provincia del Choapa?

¿El agua para los agricultores de Choapa está asegurada?

¿Podremos vivir sin agua? ¿qué vas a hacer?.....

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