jeudi 2 octobre 2008

Ong Observatorio Ciudadano se suma al clamor: promulgación limpia e implementación inmediata del Convenio 169

"Queremos instar a las autoridades a evitar cualquiera redacción del decreto promulgatorio de este Convenio internacional - anunciado para los próximos días - que venga a establecer una declaración interpretativa de sus contenidos (...) por constituir una forma encubierta de reserva orientada a limitar los alcances del Convenio".
Reproducimos declaración
Declaración pública del Observatorio Ciudadano
Santiago-Temuco, 2 de octubre 2008
Tras diecisiete años de tramitación legislativa y más de seis meses desde que el Senado aprobó el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, la OIT publicó con fecha 15 de septiembre 2008 la ratificación de dicho texto por parte del ejecutivo chileno y confirmó su depósito efectivo. Chile es el vigésimo estado que ratifica el Convenio 169 y el decimotercero en América Latina.
Valoramos la ratificación de este Convenio internacional que reconoce a los pueblos indígenas como sujetos colectivos de derechos, y establece en su favor un conjunto de derechos políticos (participación, consulta, autogestión y administración), territoriales (derechos a la tierra, reconocimiento de los territorios indígenas y derechos sobre los recursos naturales), culturales y sociales. Con su ratificación se establece un nuevo escenario jurídico institucional para abordar las relaciones - así como también los conflictos - entre pueblos indígenas y estado, en particular en el contexto de una economía globalizada que se expande hacia los territorios indígenas.
Cabe recordar que de acuerdo al artículo 5 inciso 2do de la Constitución Política, que establece el deber de los órganos del estado de respetar y promover los derechos humanos garantizados por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, se puede sostener, como lo ha interpretado mayoritariamente la doctrina, que los derechos establecidos en el Convenio 169 en favor de los pueblos indígenas pasan a tener un rango constitucional.
Como todo tratado internacional, su ratificación obliga al estado a modificar la legislación interna que es contradictoria con sus disposiciones. Por lo mismo, los órganos del estado, sus funcionarios, los tribunales y sus jueces, además del sector privado, tendrán que adecuarse a la nueva normativa establecida por el Convenio 169.
No podemos, sin embargo, dejar de lamentar el prolongado tiempo que el estado chileno, incluyendo no solo el poder legislativo, sino también el poder ejecutivo, han tomado en la aprobación de este instrumento internacional tan anhelado por los pueblos indígenas. Para un estado que se precia de su democracia, y que hoy integra el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, resulta inexplicable el haber tomado casi dos décadas para hacer suyo un instrumento internacional que pudo contribuir al “nuevo trato” con los pueblos indígenas del que tanto se ha hablado en el últimos años, pero en el que tan poco se ha avanzado.
Por otro lado, queremos instar a las autoridades a evitar cualquiera redacción del decreto promulgatorio de este Convenio internacional - anunciado para los próximos días - que venga a establecer una declaración interpretativa de sus contenidos, declaración que fuera promovida por sectores contrarios a los intereses de los pueblos indígenas, y que por lo mismo, ha sido enérgicamente cuestionada por sus organizaciones representativas, así como por entidades de derechos humanos, por constituir una forma encubierta de reserva orientada a limitar los alcances del Convenio.
Cabe recordar aquí que el Senado aprobó en marzo pasado, por la casi unanimidad de sus integrantes, el Convenio 169 señalando textualmente:
“Artículo único.- Apruébese el “Convenio N° 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes”, adoptado en la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 27 de junio de 1989.”.
El texto aprobado, por tanto, no impone ninguna restricción a la vigencia de este Convenio, cuestión que no puede ser alterada por el decreto promulgatorio, si es que el ejecutivo quiere respetar la voluntad exteriorizada públicamente por el Senado, así como lo han exigido los pueblos indígenas.
Cabe señalar, por último, que al ratificar este convenio internacional, el estado chileno se compromete a implementarlo con un espíritu de cooperación y buena fe. Ello adquiere mayor sentido toda vez que el compromiso de ratificarlo fue establecido por los gobiernos de la Concertación desde comienzos de la década de los noventa e incluso antes. Es por ello que aunque el Convenio 169 entre en vigencia a los doce meses de su ratificación, y el estado chileno deba informar sobre su implementación a la OIT a los 24 meses desde la fecha de su depósito en esta entidad, éste desde ya debe orientar en forma efectiva la política pública que se implemente en relación con los pueblos indígenas.
Entre las acciones que el gobierno debería impulsar en forma inmediata con miras a hacer posible la implementación de este Convenio cabe destacar: la revisión de la legislación interna, en particular la legislación sectorial referida a materias tales como derechos de aguas, minería, recursos naturales en general, justicia, legislación electoral, entre otras, con miras a adecuarla a la normativa del Convenio 169; el desarrollo de un diálogo constructivo con los pueblos indígenas, a través de un proceso de consulta permanente, con miras a rediseñar las políticas publicas que se les aplican, incluyendo la política “Re-conocer: Pacto social por la multiculturalidad” elaborada por el gobierno, sin un adecuado proceso de consulta a los pueblos indígenas como lo exige el Convenio 169; y la revisión de los proyectos de inversión que hoy se impulsan en los territorios indígenas, con grave violación de los derechos territoriales que el mismo Convenio les reconoce.
Como lo hemos señalado en otras ocasiones, el dilema para la Presidenta Bachelet en esta ocasión vuelve a ser el escuchar a los pueblos indígenas, o a quienes por largo tiempo se han opuesto al reconocimiento de sus derechos. Esperamos que en esta ocasión su opción sea coherente con su discurso.
Fuente:
http://www.observatorio.cl/contenidos/naveg/index-old.php

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