vendredi 13 février 2015

Concejo Municipal aprueba ordenanza que Co oficializa el Mapudungün


Por Silvia Henríquez - Fuente: galvarinochile.cl

En el Centro Cultural de Galvarino, se reunió este miércoles 11 de febrero el Concejo Municipal, con la presencia de nuestro señor Alcalde Fernando Huaiquil y otros departamentos del municipio más el Consejo Territorial Mapuche, donde se aprueba la ordenanza municipal que Co-oficializa el Mapudungün en la Comuna de Galvarino.

Con la figura del los concejales, José Millalén, Pablo Huenulao, Hans González, Willy Kehr, Pablo Hernández y la concejala Agustina Zabala, se dio inicio al Concejo Municipal donde se discutieron y presentaron diversos temas, entre ellos se sesionó por la ordenanza que co-oficializa el Mapudungün en la localidad de Galvarino, el que se aprueba por unanimidad por todo el cuerpo de concejales presentes.

Recordemos además, que durante el año 2013, Galvarino, fue la primera comuna en Chile, en oficializar el Mapuzugun, quien cuenta con una población de 13 mil habitantes aproximadamente y donde el 69,13% de éstos es mapuche (INE, 2013), y sólo un tercio habla Mapuzungun; situación preocupante para las comunidades que ven vulnerada la lengua, es por eso que se habla de una co oficialización, para asegurar su preservación en el tiempo, su revitalización, difusión y valorización.

Para lograr este gran paso, han trabajado arduamente Machi, Lonko, educadores tradicionales, dirigentes, profesores mapuche y otros miembros, basándose en pilares fundamentales para la aprobación y donde además han aportado a la construcción, profesionales del área de la antropología, lingüistas, historiadores, abogados y kimche.

Se ha logrado el consenso, de que uno de los principales lugares desde donde se puede recuperar la lengua es en la educación, es decir, en todas las escuelas de Galvarino (urbanas y rurales); así como también en todos los espacios públicos como postas, hospitales, oficinas de atención a la comunidad, redes sociales, etc.

En la comuna de Galvarino se creó recientemente la Comisión por la oficialización del Mapudungün, entidad que tiene por objetivo dar seguimiento a las demandas de la oficialización como la implementación de políticas lingüísticas de preservación y promoción de la lengua Mapuche. Esta entidad se conforma por autoridades tradicionales, kimche, dirigentes, profesionales educadores tradicionales pertenecientes al Pueblo Mapuche.

¿Qué quiere decir que se apruebe la Ordenanza Municipal para la Co oficialización del Mapuzungun?

Se oficializa el Mapudungün como lengua oficial

El Mapudungün estará al mismo nivel del castellano.

Cualquiera de las dos lenguas oficiales será de uso en la educación, servicios públicos, señal ética, medios de comunicación, entre otros.

El Mapuzungun, al igual que el castellano, se usará formalmente en documentos oficiales, actos públicos, servicios de la administración pública, justifica y otros.

Para el cumplimiento de lo anteriormente mencionado, se constituirá una Corporación que se denominará “Instituto de la Lengua y Cultura Mapuche”, la que estará compuesta por representantes del municipio y del Consejo Territorial Mapuche y otras organizaciones de la Comuna, cuya función será ser un organismo asesor del Municipio, con el fin de realizar acciones coordinadas y sistemáticas con respecto al proceso de revitalización y normalización del Mapudungün, tanto a nivel institucional como de la sociedad civil; así como también, proponer estudios en relación a la temática, capacitaciones y validación de competencias de las personas mapuche hablantes que deseen prestar servicios en las diversas reparticiones del municipio u otras iniciativas comunales. (Art. 3, letra a. Ordenanza Municipal)

Además, la Municipalidad, con concordancia con la Corporación, incluirá en todos sus instrumentos de gestión, como el Plan Comunal de Desarrollo (Pladeco), sus programas, el Plan Regulador Comunal y en presupuesto municipal anual, los ítems, mecanismos y financiamientos necesarios para la promoción, utilización y enseñanza del Mapudungün. (Art.3, letra b. Ordenanza Municipal)

También queda establecido que para la ejecución de cualquier medida el Municipio dará especial cumplimiento a las exigencias derivadas del Convenio 169 de la OIT, especialmente lo indicado en sus artículos 2, 6, 7 y 27. (Art. 3, letra e. Ordenanza Municipal).

Las inobservancias a la presente Ordenanza Municipal serán de competencia del Juzgado de Policía Local competente, quien previa denuncia o querella, impondrá multas de hasta 20 UF a beneficio municipal que será destinado a un fondo de revitalización lingüística, monto que podrá duplicarse en caso de reincidencia. Ello sin perjuicio de otras sanciones que puedan imponerse de acuerdo a la ley. (Art. 5, Ordenanza Municipal)
Así queda estipulado, mediante la votación de 6 concejales a favor y 0 en contra de la Ordenanza Municipal, la Co oficialización del Mapudungün en la Comuna de Galvarino.



http://mapuexpress.org/

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