dimanche 18 janvier 2015

Defensa de comunero Carihuentro apela al recurso de amparo rechazado por la Corte de Apelaciones


Por DPP
El abogado Marcelo Pizarro, de la Defensoría Regional de La Araucanía apeló al recurso de amparo rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco en favor del comunero mapuche Guido Enrique Carihuentro Millaleo.
La defensa del comunero insiste que la resolución impugnada es ilegal, porque priva a Guido Carihuentro de su derecho a la libertad personal y a la seguridad individual consagrada en nuestra Constitución y además agrega,  que no es aplicable al caso concreto.
La apelación señala que las diligencias no pueden ser realizadas “sin previa comunicación al afectado” esto porque según indica la defensa,  el imputado desconoce, no está informado y no puede ser oído respecto a las medidas intrusivas que se han adoptado, así lo aclara el defensor “se pretende aplicar una norma legal, restringiendo los derechos de nuestro representado a un caso en el cual no resulta procedente, puesto que la ley, ha exigido lo contrario: el conocimiento previo del imputado”.
A su vez debemos agregar que el actuar sin comunicación previa del afectado no es similar al actuar sin su consentimiento puesto que en el primer caso, el imputado no sabe qué es lo que se ejecuta. En el segundo caso lo sabe pero no lo acepta” manifiesta el defensor.
Por otra parte, el abogado Pizarro señala en la apelación que “la privación, restricción o afectación a todo derecho fundamental exige que la actuación estatal o privada, para que sea legítima, deba ser proporcional y contar con tres elementos fundamentales: la necesidad que debe poder demostrarse por quien hace la petición que no era posible alcanzar los intereses de la persecución penal por otros medios, que se adecuada, es decir idónea para conseguir el fin que se busca proteger y por último proporcional la que buscando el fin, afecte lo menos posible el ejercicio del derecho, se debe buscar una alternativa menos gravosa”.
En suma, la defensa apela al recurso de amparo rechazado por la Corte de Apelaciones de Temuco solicitando se considere la situación del imputado teniendo presente la situación de vulnerabilidad del comunero mapuche, el estado de salud y la necesidad que no es urgente de realizar estas diligencias.
El amparado no se encuentra en condiciones de conocer e informarse sobre las diligencias y menos aún de entregar su negativa. Desde esta perspectiva, el ministerio público no justificó y el tribunal no acreditó ni constató en su resolución que tal medida era indispensable realizar al momento de estar el imputado afectado en su salud y hospitalizado” manifestó el abogado defensor.
Finalmente la defensa desea dejar claro que dichas diligencias podrían haberse realizado durante la investigación y a la espera de una mejora de salud del imputado, esto señaló el abogado “puesto que la sangre o la saliva no se eliminarán del cuerpo del amparado y era posible esperar que éste se recuperare para poder apercibirle de sus derechos y esperar una manifestación de su consentimiento o negativa”.

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