mercredi 29 avril 2015

Tribunal oral en lo penal de Angol absuelve a Víctor Queipul Huaiquil, reconocido Lonko de Malleco, del delito de “arrojar piedra a vehículo en movimiento

"Los hechos de la acusación del Ministerio Publico se remontan al día 25 de Abril del año 2013 en la ciudad de Collipulli, momentos en que es detenido en la vía pública el werken Daniel Melinao como supuesto autor del homicidio del cabo de carabineros Hugo Albornoz acaecido al interior de una comunidad mapuche de la provincia de Malleco".

Los hechos de la acusación del Ministerio Publico se remontan al día 25 de Abril del año 2013 en la ciudad de Collipulli, momentos en que es detenido en la vía pública el werken Daniel Melinao como supuesto autor del homicidio del cabo de carabineros Hugo Albornoz acaecido al interior de una comunidad mapuche de la provincia de Malleco. 
En este contexto, y en momentos en que el werken era formalizado por Tribunal de Garantía de Collipulli, una cincuentena de personas y dirigentes mapuche de diferentes comunidades del territorio se acercan hasta las afueras del tribunal para manifestarse en apoyo al werken detenido.Junto con esto, se produce un gran despliegue policial de parte de funcionarios de Carabineros de la comisaria de Collipulli, fuerzas especiales y GOPE quienes rodean el Tribunal como medida de seguridad. Luego de desarrollada la audiencia de formalización, en donde Melinao queda sujeto a prisión preventiva, se suceden desordenes en las afueras del tribunal que terminan con dos comuneros detenidos, uno de ellos Víctor Queipul Huaiquil, reconocido Lonko de la Comunidad Autónoma de Temucuicui. 
Así las cosas, el 16 de Abril del 2013 el Ministerio Público de Collipulli, en aquel entonces encabezado por el ex fiscal Luis Chamorro, decide formalizar al Lonko por un delito especial de la Ley del Transito: Arrojar piedra a vehículo en movimiento. El contexto de la acusación se basa en los daños sufridos por una camioneta del GOPE que termino con uno de sus vidrios quebrados producto de golpe contundente, presumiblemente una piedra. 
Luego de casi un año de tramitación se presenta acusación y la fiscalía solicita como pena 541 días de presidio menor en su grado medio. En este orden de cosas el 27 de abril del presente año, se llevó a cabo el Juicio Oral en contra del lonko. 
Las pruebas en contra de éste era la declaración de los funcionarios policiales aprehensores. En tanto la defensa contó con la propia declaración de la autoridad ancestral mapuche, más los testimonios de abogados y funcionarios de gendarmería que estaban en el lugar de los hechos de la acusación. 
Finalmente, y luego de los respectivos alegatos de clausura, los Magistrados del Tribunal Oral en lo Penal, Gonzalo Garay, Claudia Sánchez y German Varas decidieron absolver por mayoría de votos a Víctor Queipul.
La defensa del Lonko estuvo a cargo del equipo jurídico del Centro de Investigación y Defensa SUR, los abogados de Karina Riquelme Viveros y Sebastián Saavedra CeaAl conocer el veredicto del tribunal estos se mostraron conformes con la resolución señalando que “la fiscalía de Collipulli llevo a cabo esta acusación magnificando los hechos, creemos que la calificación del delito es inadecuada, además de una investigación pobre que dejo muchas aristas al azar”.


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