lundi 18 janvier 2010

Chile. Gobierno del Bicentenario y Políticas Indígenas. Las obligaciones internacionales del estado


El Gobernante de Chile 2010-2014, deberá hacerse cargo de un conjunto de obligaciones y recomendaciones relativas a los derechos humanos de los pueblos indígenas.

Tales obligaciones están establecidas en el Convenio 169 de la OIT, en las recomendaciones vinculantes para Chile emitidas en los informes de Comités de Tratados de Derechos Humanos, el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos, y del Relator Especial para los derechos de los pueblos indígenas.

reeditamos esta Nota del Centro de Políticas Públicas y Derechos Indígenas -
http://www.politicaspublicas.net/panel/cl/elecciones-2009/440-agenda-2010.html
Esas obligaciones y recomendaciones, conforman una agenda mínima ineludible. El desempeño del gobierno del Bicentenario en materia indígena, su calidad democrática y grado de respeto de los derechos humanos se medirá según los avances en la implementación de esa agenda.

Sin embargo, los programas presidenciales de la primera vuelta electoral no estuvieron a la altura de los deberes estatales. Más bien eluden deberes. Ese vacío anuncia una crisis de gobernabilidad.

Una agenda de derechos, es un imperativo en un estado de derechos.

1.- LA FUERZA VINCULANTE DE LA AGENDA DE DERECHOS
La fuerza de la agenda de derechos de los pueblos indígenas deriva de los Tratados Internacionales de derechos humanos, ratificados por Chile y que forman parte del bloque de constitucionalidad. Y a la vez esa agenda tiene la fuerza de reflejar las principales exigencias de los pueblos indígenas.

En virtud de esos tratados, el estado de Chile se obliga internacionalmente, y se somete a la vigilancia de los órganos de derechos humanos, ante los cuales debe rendir cuenta periódicamente y aceptar e implementar sus recomendaciones.

No es opcional para los gobernantes implementar o no el Convenio 169. No es opcional cumplir o no las recomendaciones de los órganos de derechos humanos. De acuerdo a la Convención de Viena del Derecho de los Tratados, los tratados se ratifican para ser cumplidos.

2.- LOS CONTENIDOS DE LA AGENDA MINIMA
Si se examinan en conjunto el Convenio 169 de la OIT y los informes de recomendaciones formuladas a Chile por los órganos de derechos humanos, pueden identificarse, a lo menos, 5 bases normativas y 22 puntos de agenda mínima en materia de derechos de los pueblos indígenas.

Bases Normativas:

- Implementación del Covenio 169 de la OIT
- Implementación de las recomendaciones del Relator Especial ONU
- Implementación de las recomendaciones de los Comités de Tratados de DDHH
- Implementación de las recomendaciones del Examen Periódico Universal
- Implementació de la Declaración Sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

AGENDA DE OBLIGACIONES Y RECOMENDACIONES

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