"La declaración de huelga de hambre, de los presos mapuches se fundamenta en legítimas exigencias de justicia objetiva e imparcial, del derecho a procesos justos, y en especial a la no, aplicación de la Ley Antiterrorista" (...) "Se trata de criminalizar todas las demandas del pueblo mapuche, a través de juicios en los cuales se aplica una Ley cuya finalidad no es otra que de ejercer un política de desigualdad y aplastamiento de un pueblo originario"
La Rama Chilena de la Asociación Americana de Juristas, organización no gubernamental con estatuto Consultivo ante el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas, manifiesta: A partir del 12 de julio del presente (año 2010) se encuentran en huelga de hambre en las cárceles de Concepción y Temuco los presos políticos mapuche.
La declaración de huelga de hambre, de los presos mapuches se fundamenta en legítimas exigencias de justicia objetiva e imparcial, del derecho a procesos justos, y en especial a la no, aplicación de la Ley Antiterrorista
La Ley antiterrorista l8314, dictada durante el régimen dictatorial, es aplicada por los Gobiernos democráticos, en contra de los dirigentes y comuneros mapuche, para reprimir las demandas territoriales y los derechos de respeto a su identidad y la necesidad de reconocimiento institucional. Su derogación es exigida por gran parte del Sistema Internacional de Derechos Humanos.
Los derechos del pueblo mapuche y sus reivindicaciones han sido reconocidos internacionalmente por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, en cuyos Informes Especiales, se ha condenado la aplicación de la Ley Antiterrorista y recomendado su no aplicación a las actividades y manifestaciones de protesta y reivindicación. Estas Recomendaciones sostienen que la aplicación de esta ley viola las garantías procesales y el debido proceso y señalan que en los juicios seguidos en contra de los detenidos mapuches, estos derechos son abiertamente vulnerados. Se hace tabla rasa del derecho fundamental de los procesados a un juicio justo, en especial al aceptar como pruebas irrefutables declaraciones de testigos sin rostro que pueden acusar e inculpar sin identificarse.
La Ley Antiterrorista significó y sigue significando una violación a los derechos humanos de los ciudadanos que ejercen su derecho a protesta, o reclamar como en el caso de los mapuches, las reivindicaciones de sus tierras ancestrales, su exigencias de respeto a su forma de vida y su identidad cultural, a neutralizar sus demandas, a imponer el terror y el miedo calificando de terroristas conductas que no lo son absolutamente.
Se trata de criminalizar todas las demandas del pueblo mapuche, a través de juicios en los cuales se aplica una Ley cuya finalidad no es otra que de ejercer un política de desigualdad y aplastamiento de un pueblo originario, y respecto a los procesados violar sus derechos a legitima defensa, manteniéndolos en prisión preventiva indefinida, a la mayoría de los imputados, no respetando la presunción de inocencia, y siendo sometidos a un doble juzgamiento por la justicia civil y militar al mismo tiempo.
La Rama Chilena de la Asociación Americana de Juristas reitera las declaraciones formuladas en Mayo del presente año, ante el Consejo de DDHH en reunión de Ginebra en la cual se expresa entre otras consideraciones la “Responsabilidad internacional de Chile de desarrollar políticas sociales, económicas y culturales adaptadas a sus comunidades indígenas. Y de respetar las obligaciones de los Instrumentos Internacionales que ha suscrito, específicos sobre la materia como es el Convenio 169 de la OIT., la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos Indígenas y de poner fin a la represión y las persecuciones contra loas dirigentes mapuche”.
Expresamos nuestro apoyo a los presos políticos mapuche en huelga de hambre. Exigimos que se acepten sus legítimas y justas demandas, de justicia especialmente en orden a:
1) Cumplimiento del debido proceso y juicios justos
2) Termino de la violencia institucionalizada, de la aplicación de la Ley Antiterrorista
3) No aplicación de la Justicia militar en forma simultanea a la justicia civil ordinaria.
4) Asegurar el respeto a las garantías de un debido proceso, y la libertad de los presos políticos Mapuche actualmente encarcelados
5) Poner fin a la política de militarización a de las zonas mapuche
6) Dar cumplimento a los Acuerdos y Recomendaciones formulados por los organismos internacionales y las disposiciones del Convenio 169 de la OIT.
Pedimos a las autoridades, el Poder Ejecutivo y los representantes del Poder Legislativo iniciar un proceso de dialogo y apertura a las demandas de los presos en huelga de hambre, de inmediato, en orden a no avanzar en una escalada de violencia contra el pueblo mapuche y a rectificar la actual política discriminatoria aplicada a las históricas demandas del pueblo mapuche que el Estado de Chile sigue vulnerando.
Para todos los presos políticos mapuche en huelga de hambre nuestra solidaridad y compromiso de seguir apoyando y divulgando sus históricas reivindicaciones.
Graciela Álvarez Rojas
Presidenta.
Juan Subercaseaux
Secretario General.
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