jeudi 30 mai 2013

Del Decreto 124 al "Decreto 125". Reglamento de consulta indigena de "mesa de consenso": del sartén a las brasas

La derogación inmediata del Decreto 124 ha sido exigida por todos los pueblos indígenas desde el primer día en que fue dictado. El Decreto 124 nació ilegitimo, repudiado por los pueblos, criticado por el Congreso, la OIT, el INDH, descartado por los tribunales, y ya el propio gobierno dice que no lo aplica. Solo cabe al Gobierno derogar el Decreto 124 sin más trámite ni chantajes. Si el Gobierno realmente actuara de buena fe y voluntad política, habria derogado el Decreto 124 sin excusa. Otra cosa aparte es acordar con los pueblos un reglamento de consulta que se base en estándares internacionales.
El Gobierno y su "mesa de consenso" pretende engañar a los pueblos indígenas. Lo que debió hacer desde un inicio, derogar el Decreto 124, lo ofrece ahora en un "artículo transitorio", como anzuelo y chantaje para legitimar su tramposo reglamento de consulta y hacer caer en la trampa. La consulta cae del sartén a las brasas.
Del Decreto 124 al "Decreto 125". Reglamento de consulta indigena de "mesa de consenso": del sartén a las brasas
EL DECRETO 124 DE VIERA GALLO Y BACHELET

Desde el primer dia de la imposición del Decreto 124, todas las organizaciones de los pueblos indígenas han exigido su derogación:
- Porque cercena el alcance y aplicación de las consultas.
- Porque remite las consultas de proyectos de inversión que invaden territorios indigenas, y las reduce a las reglas del sistema de evaluación de impacto ambiental.
- Porque desconoce los estándares internacionales de consulta y derechos de los pueblos indígenas
- Porque fue impuesto sin consulta válida con los pueblos indígenas.

El Decreto 124 tiene los mismos males del tramposo reglamento que se trama en la "mesa de consenso" y "comité de facilitadores". Males corregidos y aumentados.

LA DEROGACION DEL DECRETO 124, INMEDIATA Y SIN CONDICIONES

Tras el fracaso de la "gran consulta" de MIDEPLAN en septiembre de 2011, fue categórica la exigencia por la derogación inmediata del Decreto 124 por violar gravemente los Derechos de los pueblos. Y el Gobierno se hizo el loco, postergando una y otra vez.

El Ministro Lavin eludió una y otra vez una definición, alargando los plazos, hasta el 2013. Los funcionarios del Gobierno decían falsas excusas, diciendo por un lado, que al derogar el decreto 124 se crearía un "vacío legal", y por otro lado, ofreciendo que no se aplicaría el Decreto 124.

El Decreto 124 es un cadáver jurídico.

El Decreto 124 nació ilegitimo, repudiado por los pueblos y el congreso, descartado por los tribunales, cuestionado por la OIT, criticado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Una verguenza internacional.

El propio gobierno dice que no aplica el Decreto 124 ¿Y que ha esperado para derogarlo?

Lo único que queda al Gobierno es derogar el Decreto 124 sin más trámite, ni excusas. Ese debió ser el primer acto para un diálogo de buena fe. Pero ahora pretende usarlo como chantaje.


LA MESA DE CONSENSO Y EL "ESTANDAR 124"

El Ministro Lavin y su Asesor de Política Indígena, repiten majaderamente que el Reglamento que traman en la "mesa de consenso" será de "estándares muy superiores al Decreto 124", como si el Decreto 124 fuese la medida. Cualquier reglamento tramposo puede ser "superior" al Decreto 124.

LA VARA DE MEDIDA DE UN REGLAMENTO: LOS ESTANDARES INTERNACIONALES

La legitimidad y calidad de un nuevo reglamento no se mide ni prueba con un "Artículo transitorio" que derogue el Decreto 124. La vara de medida son estándares internacionales. ¿Y qué estándares puede cumplir el reglamento de la "mesa de consenso"?

El reglamento que prepara la "mesa de consenso" no siguió ninguna de las recomendaciones del Relator de Naciones Unidas y no cumple con estándares:

- Cercena el alcance y aplicación de las consultas.
- Impone como filtro a la Constitución de Pinochet y niega a la Declaración de Naciones Unidas de derechos de los pueblos indígenas.

- Reduce las consultas solo a los artículos 6 y 7 del Convenio 169,

- Elude articulos del Convenio 169 tan importantes como el artículo 15 sobre proyectos de inversión.

- Remite las consultas de proyectos de inversión que invaden territorios indigenas, y las reduce al reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental.

- Excluye de las consultas a las concesiones mineras, de aguas, geotermia, eléctricas, etc.

- Reglamenta y mutila gravemente el derecho fundamental a la participación de los pueblos indígenas, rebajada sin capacidad decisoria.

- Reglamento gestado en un proceso viciado y manipulado de reuniones con designados y supuestos representantes, que se autoatribuyen la soberanía de los pueblos

DEL SARTEN A LAS BRASAS. DEL DECRETO 124, AL "DECRETO 125"

El Gobierno y su "mesa de consenso" pretende engañar a los pueblos poniendo como anzuelo y chantaje la derogación del decreto 124. Usa como carnada y volador de luces la deregación del Decreto 124, que debió hacer desde el principio, para hacer caer en la trampa del "decreto 125", el ilegitimo y tramposo reglamento que prepara a la medida de las transnacionales para seguir invadiendo territorios de los pueblos.

La consulta indígena cae del sartén a las brasas: del decreto 124 al "decreto 125".

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