Un proyecto de reforma del Código Penal pisotea las libertades fundamentales y hace de los periodistas confidentes de la policía / Por su parte la organización Internacional Reporteros sin Fronteras pidió al Congreso Nacional de Chile que rechace este proyecto atentatorio. / Señalan: “Un periodista no es un auxiliar ni un confidente de la policía, y esta disposición constituye un incentivo a la delación”
Reporteros sin Fronteras
Comunicado de prensa
6 de octubre de 2011
Chile
Un proyecto de reforma del Código Penal pisotea las libertades fundamentales y hace de los periodistas confidentes de la policía
Reporteros sin Fronteras pide solemnemente al Congreso Nacional de Chile que rechace un proyecto de reforma del Código Penal que atenta contra algunas libertades fundamentales. La organización recibió copia del documento.
Este texto, de iniciativa gubernamental, enviado al Parlamento el 1 de octubre de 2011, responde con la criminalización de la expresión pública a las manifestaciones estudiantiles y protestas sociales que agitan el país desde el inicio del año (http://es.rsf.org/chile-una-burbuja-mediatica-estremecida-17-08-2011,40800.html). Asimismo, contiene disposiciones catastróficas para el ejercicio del oficio periodístico en igual circunstancia.
Firmado, entre otros, por el Presidente de la República, Sebastián Piñera; el Ministro del Interior, Ricardo Hinzpeter, y el Ministro de Justicia, Teodoro Ribera, el proyecto de ley se refiere de forma explícita a los acontecimientos actuales pretendiendo “perfeccionar y fortalecer las normas que permiten el efectivo resguardo del orden público”. Ahora, reafirmando el derecho de manifestarse de manera pacífica, el texto crea confusión en sus considerandos en lo que respecta a las nociones de: “alteración el orden público”, “violencia”, “parálisis” y “desorden”, pues por su naturaleza toda manifestación genera “desórdenes” y “parálisis” que no siempre proceden de la “violencia” ni se producen necesariamente por ella.
Tal confusión se lee en la principal modificación que presenta el proyecto de ley, que prevé una pena de prisión que comprende de 541 días a tres años para toda persona que haya incitado, promovido o fomentado:
- invadir, ocupar o saquear viviendas, oficinas, establecimientos comerciales, industriales, educacionales, religiosos o cualquier otro.
- impedir o alterar la libre circulación de personas o vehículos por puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes.
“Es difícil no ver en la primera disposición una alusión directa a las ocupaciones pacíficas por parte de los estudiantes, del canal Chilevisión, del que Sebastián Piñera era propietario antes de llegar al Palacio de La Moneda. Así, ante la ausencia de precisión en este punto, ¿los estudiantes podrían enfrentar tres años de prisión por haberse sentado en el pasillo o en un estudio de la redacción? Sobre la segunda disposición, sería muy difícil que los manifestantes marcharan en lugares que no fueran calles, caminos o puentes. Estas cláusulas provocarían una sonrisa si no pusieran en entredicho el derecho de manifestarse, otro pilar de la libertad de expresión”, declaró Reporteros sin Fronteras.
La organización acepta que en principio sea castigado “atentar en contra de la autoridad o sus agentes”, hecho para el que se prevé la misma pena, pero condena la ausencia de sanciones a las agresiones cometidas por los carabineros contra los manifestantes (http://es.rsf.org/chile-los-abusos-y-la-violencia-contra-15-09-2011,40994.html). Brutalidad que también fue constatada en las recientes manifestaciones de organizaciones ecologistas y de las comunidades indígenas Mapuches contra el proyecto HidroAysén (http://es.rsf.org/chile-el-tabu-medioambiental-evidenciado-17-05-2011,40291.html).
¿Delación mediática?
Existe otro aspecto que nos alarma: “el proyecto de ley propone otorgar una nueva facultad a las fuerzas del orden y de seguridad, con el fin de que puedan solicitar la entrega voluntaria de imágenes, voces o sonidos que se hayan tomado, captado o registrado y que puedan servir para esclarecer un delito o la participación en él, sin una orden previa del fiscal”. Esto, precisa el texto, “responde a las circunstancias en que se comenten los delitos contra el orden público en que es común la presencia de medios de comunicación masiva que permiten la existencia de diversos medios de prueba para acreditar hechos punibles”.
“Dicho de otra manera, en violación de las reglas de control judicial en la valoración de las pruebas de un delito y en menosprecio de la protección de la información periodística, ¿carabineros y policías podrán solicitar y utilizar a discreción contenidos informativos con el objetivo de perseguir a presuntos delincuentes? Un periodista no es un auxiliar ni un confidente de la policía, y esta disposición constituye un incentivo a la delación. Este proyecto de ley debe ser retirado”, concluyó Reporteros sin Fronteras.
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