La Red considera como hechos gravísimos lo ocurrido al Comunicador, como un grave atentado a Derechos Fundamentales que transgreden el Derecho a la opinión y Expresión, como asimismo al Derechos a la comunicación e información del Pueblo Mapuche / Anuncian que presentaran antecedentes en instancias locales e internacionales y exigen la restitución inmediata de los equipos y accesorios al Comunicador social a quien califican como un defensor de Derechos Humanos.
La Red de Comunicadores Mapuches señala que, lo ocurrido este miércoles 10 de Febrero con el Comunicador Richard Curinao, donde, fue detenido por agentes policiales del estado en su lugar de trabajo y requisado el disco duro de allí, luego, trasladado por la fuerza a su domicilio y requisado también el disco duro de su computadora particular y diversos otros accesorios empleados en las funciones de Comunicador Mapuche, son hechos graves que atentan a la libertad de expresión, siendo a su vez, un grave atentado a los Derechos a la comunicación e información del Pueblo Mapuche y la de un defensor de Derechos Humanos.
Cabe mencionar que, Richard Curinao cumple labores activas y diarias como Comunicador Mapuche: Es Editor del informativo Werken Kvrruf, integra el Programa Radial Wixage Anai, es miembro de la Red de Comunicadores Mapuche y colaborador de diversos sitios informativos.
De acuerdo a la información recabada, las diligencias de incautación de especies y equipos, vendría de una orden emanada del Fiscal Sergio Moya en la Región de la Araucanía, funcionario estatal quien se ha especializado en la persecución y montajes de causas judiciales en contra de Mapuches, quien indagaría la distribución de correos electrónicos de la organización Coordinadora Arauco Malleco.
Junto con solidarizar con el Comunicador Mapuche Richard Curinao, exigimos a la Fiscalía, a la policía de investigaciones y a las autoridades pertinentes, la devolución inmediata de las especies incautadas y señalamos que, pondremos en antecedentes a las diversas instancias de Derechos Humanos en el plano local e internacional, con el fin de visibilizar y revertir hechos tan graves como lo ocurridos ante este abuso de poder de un funcionario judicial.
Red de Comunicadores Mapuches del WallMapu
En Representación de la Red, suscriben: Agencia Azkintuwe, Programa Radial Wixage Anai, Informativo Mapuexpress, centro de comunicaciones Mapuche Lulul Mawida, Casa de arte Mapuche, Central de audio Mapuche, Radio Wallón y Comunicadores Mapuche del Puelmapu,
Entre otros cuerpos Normativos sobre Derechos Fundamentales se está atentando a:
1.- Declaración de los Derechos Humanos 1948 . Art. 19: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de su opiniones; el de investigar y recibir informaciones y opiniones , y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
2.- Declaración de los derechos de los pueblos indígenas aprobado el 13 de septiembre de 2007 en Naciones Unidas / Artículo 16 / numeral 1. Los pueblos indígenas tienen derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios idiomas y a acceder a todos los demás medios de información no indígenas sin discriminación alguna.
3.- Convenio 169 de la OIT / Art: 30 / numeral 2.- A tal fin, deberá recurrirse, si fuere necesario, a traducciones escritas y a la utilización de los medios de comunicación de masas en las lenguas de dichos pueblos. / Art: 31.- “… Los gobiernos deberán promover medios de comunicación (radio, televisión, prensa) en los idiomas de los pueblos indígenas.
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