Ante la reposición de la urgencia en la trámitación del incosulto proyecto de (des)reconocimiento consitucional de pueblos indigenas.
Precisamente en momentos en que las Naciones Unidas a través del CERD, insta a Chile a que “…tome las medidas necesarias para crear un clima de confianza propicio para el diálogo con los pueblos indígenas…” (Nº 16 b) y “…a consultar de manera efectiva a los pueblos indígenas en todos los proyectos…” (Nº 22), el gobierno de la Concertación responde poniendo nuevamente “suma urgencia” al un proyecto inconsulto de reconocimiento constitucional de los pueblos originarios; ante este nuevo acto de atropello a nuestros derechos declaramos:
1. Este proyecto de reconocimiento constitucional que se discute en el congreso no reconoce a los pueblos originarios como sujetos de derechos sino que a “la Nación chilena” como “una, indivisible y multicultural”; solo constata su existencia en Chile, negándoles su calidad de sujeto colectivo de derecho, reconociéndole solo a las comunidades y personas indígenas derechos " a conservar, fortalecer y desarrollar su identidad, cultura, idiomas, instituciones y tradiciones y a participar en la vida económica, social, política y cultural del país" y ello estrictamente limitado a "la forma que establece el orden jurídico nacional.
2. El proyecto en cuestión castra los derechos que como pueblo hemos ganado en una larga lucha política y social. De esta forma Chile se pone al margen de las obligaciones contraídas internacionalmente al no acatar lo establecidos en instrumentos internacionales de Derechos Humanos como el Convenio Nº 169 de la OIT ratificado por Chile, y la Declaración de Naciones Unidas sobre Derecho de los Pueblos Indígenas las que lo obligan a reconocer a los pueblos originarios y proteger sus derechos como tales.
3. El Informe de Recomendaciones a Chile por parte del CERD, el que fue emitido recién el 25 de agosto establece en su Nº 16 que Chile debe intensificar “…sus esfuerzos para acelerar el proceso de reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos indígenas…”; pero señala claramente también que para tal fin se debe llevar “…a cabo una consulta efectiva con todos los pueblos indígenas, de conformidad con la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial y con el Convenio Nº 169 de la OIT”. El derecho a la consulta es uno de los Derechos Fundamentales reconocido internacionalmente, además ésta debe ser hecha de buena fe. Chile livianamente se echa al bolsillo todas estas disposiciones.
4. Chile no puede seguir cometiendo estas torpezas políticas, por lo que llamamos al Congreso Nacional a archivar este proyecto de reforma constitucional porque no recoge el sentimiento profundo de todos los pueblos originarios de Chile y porque no se apega a los estándares internacionales que establecen previamente un proceso de Consulta serio y de buena fe. Además hoy para nadie es un misterio que lo que persigue este proyecto es anular los derechos consagrados en el Convenio Nº 169 de la OIT y evitar que éstos se aplique efectivamente en el ordenamiento jurídico nacional.
5. ¿Puede Chile seguir ignorando todas las recomendaciones directas que desde el año 2003 ha recibido de dos Relatores de Naciones Unidas para asuntos indígenas; del Comité de Derechos Humanos de marzo de 2007; recientemente las del CERD de agosto de 2009; y finalmente las recomendaciones de otras tantas instituciones internacionales de promoción a los Derechos Humanos y todavía tener la estatura moral para ocupar un cargo en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas?
6. Exigimos al Estado de Chile a cumplir plenamente sus obligaciones en materia de Derechos Humanos, exigencia que también han realizado TODOS de organismo internacionales de promoción de los Derechos Humanos, el último de los cuales fue el Comité para la Eliminación de todas las forma de Discriminación Racial (CERD).
mardi 8 septembre 2009
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