mardi 6 novembre 2012

Áreas de Desarrollo Indígena: Expresión del Nuevo Colonialismo Económico y Territorial


"Con mucho despliegue durante los últimos meses, el gobierno a través de su ministro más conspicuo, Joaquín Lavin, el intendente regional Andrés Molina y durante las últimas semanas, por el mismísimo presidente Piñera, se han dado la tarea de impulsar o reimpulsar el concepto de “Área de desarrollo Indígena “...
Áreas de Desarrollo Indígena: Expresión del Nuevo Colonialismo Económico y Territorial

Escrito por:

Sergio Marillan
Pablo Huaiquilao

Con mucha despliegue durante los últimos meses, el gobierno a través de su ministro más conspicuo, Joaquín Lavin, el intendente regional Andrés Molina y durante las últimas semanas, por el mismísimo presidente Piñera, se han dado la tarea de impulsar o reimpulsar el concepto de “Área de desarrollo Indígena “.
Sin embargo, ni es tan nuevo el paquete, ni tan novedoso el articulo que viene en su interior, es algo así como un juguete reciclado con un nuevo envoltorio, pero que al abrir la caja te encuentras con algo ya utilizado, gastado, algo como un caballo manco que puede caminar pero no deja de cojear.
Durante las dos últimas décadas los gobiernos de la concertación y ahora de la alianza nos han querido convencer de que debemos integrarnos al “desarrollo”, al progreso lo llaman otros en profusos discursos electoreros, o en cumbres de confusos planteamientos ideológicos, pero vamos viendo que trae el famoso regalo reciclado, que es lo que estos nuevos abanderados del estado nos ofertan como la solución a la problemática mapuche.
Primero que nada, decir que el área de desarrollo ya en su génesis choca en su definición territorial, dado que en la práctica se están adecuando estos procesos a criterios predefinidos en el marco de sistema de administración política general del estado, las comunas, es decir prevalece el concepto de administración política definido por un organismo estatal por sobre el concepto territorial de lof, Aillarehue u otro concepto propio de los mapuche.
Por otra parte, si bien en el caso de Ercilla, caso más cercano de definición de área Indígena, se coloca a la cabeza pública un dirigente mapuche encabezando la mesa, quien tiene el mandato de dirigir, sigue siendo una institución de Estado, párrafo 2 articulo 26 de la ley 19253 “El Ministerio de Planificación y Cooperación, a propuesta de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, podrá establecer áreas de desarrollo indígena”.
Pero revisemos cual es el concepto de desarrollo rural que se viene impulsando desde la época de la dictadura hasta hoy y el cual se ve reflejado con toda su claridad en la zona central norte del país y quieren trasladar hacia el wallmapu.
La alta desigualdad en la concentración de la tierra de uso agropecuario que se puede apreciar en la actualidad, se ha tornado similar o peor a la existente antes de la reforma agraria, ya que en 1955 las explotaciones no familiares (según la clasificación de CIDA), que correspondían a un 23% del total de explotaciones, controlaban el 91,6% de la tierra (Chonchol, 1994). En el año 2007, las explotaciones de 20 hectáreas o más (25,2% del total de explotaciones) controlan el 96,3% de la tierra de uso agropecuario. (INE. 2007?). La concentración de la propiedad ha ido de la mano del establecimiento de grandes consorcios agroindustriales y forestales que han establecido como elemento común en desarrollo de monocultivos y la desaparición paulatina de la agricultura tradicional y de quienes la practicaban, las familias campesinas.
La presencia de grandes complejos agroindustriales que no sólo controlan la propiedad de la tierra, sino también, la provisión de insumos y tecnología, el procesamiento industrial y distribución final de los alimentos, la difusión de pools de siembra y mecanismos financieros del sector agropecuario, todo ello vinculado a grandes consorcios transnacionales impulsan además el trabajo asalariado, migración y la expulsión del campesino tradicional e indígena de sus territorios naturales.
Este proceso se ve reflejado en el paulatino envejecimiento de la población rural, promovida a través de políticas públicas impulsadas por los Municipios, Indap y otros organismos de estado, incorporando conceptos como emprendimiento individual, fomento de la agricultura de exportación, encadenamiento en calidad de abastecedores de materia prima o mano de obra, a los rubros predefinidos como prioritarios en la región, léase agroindustria frutícola manejado desde el consorcio Fedefruta o forestal administrado desde CORMA.
Porque hay que ser claros, son estos junto a la SNA (Sociedad Nacional de Agricultura) y las nueve familias dueñas de la pesca industrial quienes definen las líneas de desarrollo del país, decisiones que afectan nuestras vidas y nuestra proyección como pueblo.
Por lo tanto, la nueva idea de área de desarrollo no es algo nuevo y esta más cerca de buscar una forma de acelerar la incorporación al modo de producción del capitalismo moderno que adecuarse a la visión del desarrollo mapuche o kimey mogen, el buen vivir.
Sólo a modo de muestra, cabe señalar que en el concepto de área de desarrollo impulsado por el estado subyace el influjo de trabajo sectorial, es decir, bajo el esquema de desarrollo por rubros. y aquí hay una pequeña pero significativa trampita, tanto INDAP como los otros organismos vinculados al desarrollo rural, ya han definido hace rato, y no en una mesa en Ercilla precisamente, las prioridades a impulsar en la zona, sino, basta darse una vuelta en torno a Ercilla, Collipulli, Angol o Lumaco y darse cuenta el tamaño de la industria forestal y la agroindustria en la zona, el monto de la inversión y las facilidades del aparato público en detrimento del aporte real que se hace en el ámbito mapuche, que durante las últimas décadas sólo alcanza 0,3% del presupuesto nacional.
Un aspecto muy determinante es que las áreas de desarrollo indígena se encuentran supeditadas a la aplicación de una serie de otros instrumentos legislativos y administrativos como la ley de bases del medio ambiente, el código civil, ley sobre gobierno y administración regional, ley de bosques, DL 701, etc. Es decir, este experimento mal diseñado descansa en la aplicación de leyes que no consideran en lo más mínimo el estándar internacional sobre derechos de los pueblos indígenas. Así como se enuncia que las áreas de desarrollo indígena focalizan las políticas del estado, entonces queda claro que se intensifica en estas zonas la intervención, el control y el asistencialismo. Bajo este escenario se visualiza, por lo tanto, la contradicción más explicita de este montaje, por una parte se anuncia que se busca el auto desarrollo y la auto gestión y por otra parte se coarta la libredeterminación y la autonomía, por lo menos eso dice el artículo 34 de la ley N°19.253 “la obligación de los servicios de la administración del estado es escuchar y considerar la opinión de las organizaciones indígenas reconocidas en la ley”, es decir, no existe la obligación de incorporar las decisiones de las organizaciones mapuche en la administración de estas zonas, menos la opinión o decisiones de las organizaciones tradicionales mapuche.

En definitiva, quienes se prestan para este montaje solo cooperan en mantener las garras de este estado neoliberal sobre los recursos naturales y la libredeterminación del pueblo mapuche.

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