Un nuevo intento por soslayar el Convenio 169, se dio a conocer el día lunes 27 a través del informe de la “Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente” de la Camara de Diputados, Instituto Libertad y Desarrollo junto a diputados Cubillos, Bauer, Chahuán, García-Huidobro y Sepúlveda, intentaron suprimir el nuevo inciso segundo artículo 4º del texto que reforma la Ley de Medio Ambiente y que incorpora los derechos Indígenas. ¿A que “libertad” y “desarrollo” se refiere el instituto?...
Por Meli Newen
Leyes Sectoriales - En efecto el texto que reforma la Ley 19.300 de bases de Medio Ambiente incorpora una modificación al artículo 4º que incorpora un nuevo inciso segundo que contiene los derechos indígenas establecidos en el estándar internacional, como sigue: “Los órganos del Estado, en el ejercicio de sus competencias ambientales y en la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental, deberán propender por la adecuada conservación, desarrollo y fortalecimiento de la identidad, idiomas, instituciones y tradiciones sociales y culturales de los pueblos, comunidades y personas indígenas, de conformidad a lo señalado en la ley y en los Convenios internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
Sorprendentemente Ana Luisa Covarrubias, Directora Ejecutiva del Programa de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Instituto Libertad y Desarrollo, ante la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados señaló “su desacuerdo respecto de la incorporación del tema indígena en el artículo 4° de la ley de Bases ya que consideró que éste no es el lugar para discutir el tema sino que éste debe ser analizado en otro ámbito y al hacerlo aquí distorsiona la discusión ambiental”, es decir entonces que ¿resulta necesario retirar el nuevo inciso segundo?.
Los Diputados Cubillos, Bauer, Chahuán, García-Huidobro y Sepúlveda, entendieron precisamente esto de retirar el inciso segundo y presentaron una indicación para suprimirlo.
La Diputada Cubillos expresó que la indicación “tiene por objeto suprimir una norma de carácter discriminatorio que rompe con el trato igualitario ante la ley”, dejando en evidencia su falta de comprensión respecto de los avances en materia de derechos humanos donde igualdad ante la Ley para los indígenas significa el reconocimiento de sus derechos colectivos específicos.
Por su parte la Ministra Presidenta de CONAMA, explico a los "honorables" que “esta disposición tiene su origen en el Convenio 169 de la O.I.T.”, esto toda vez que tras la ratificación del Convenio el Estado esta obligado a realizar las modificaciones correspondientes en las respectivas leyes sectoriales para la implementación de las disposiciones y mecanismos que exige el estandar internacional.
Afortunadamente en el contexto del análisis que la Comisión de Medio Ambiente de la Camara de Diputados el literal fue aprobado, por 8 votos en contra y 3 a favor, rechazándose por igual número de votos la indicación, esto es la Comisión valora y mantiene nuevo inciso segundo que contiene los derechos indígenas establecidos en el Convenio 169, pero a su vez revela la voluntad del Instituto Libertad y Desarrollo de limitar estos derechos en la reformulación de leyes sectoriales, ante esto nos preguntamos ¿A que “libertad” y “desarrollo” se refiere el instituto?.
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