vendredi 6 mai 2011

Formalizan por Ley Antiterrorista a menor mapuche de 17 años

Según la Fiscalía -que pidió su internación provisoria-, estaría involucrado en ataques incendiarios ocurridos en 2009 en Malleco. La Defensora Regional de La Araucanía cuestionó la interpretación del Ministerio Público y rechazó el uso de la Ley 18.314 contra adolescentes.

Fuente: http://www.dpp.cl

El menor mapuche J.P.U.M., de 17 años, fue detenido el pasado viernes 29 por Carabineros de la Unidad de Inteligencia de la Prefectura de Malleco, en el contexto de una investigación que desarrolla el Ministerio Público de La Araucanía.

Tras su detención, el menor fue acusado por la fiscalía de haber participado en un ataque incendiario contra camiones forestales, ocurrido durante la noche del 10 y la madrugada del 11 de octubre de 2009, ocasión en que el adolescente habría disparado contra un jeep en la ruta que une las localidades de Victoria y Curacautín.

Por lo mismo, el Ministerio Público no sólo solicitó la internación provisoria de J.P.U.M. en un centro de menores de Chol-Chol, sino que invocó delitos previstos en la Ley Antiterrorista (N°18.314) para formalizarlo, pese a su condición de menor de edad. En detalle, lo acusó de homicidio frustrado, robo con intimidación reiterado, incendio y asociación ilícita terrorista, todos delitos contemplados por esa legislación especial.

ALEGATOS

Inicialmente, el caso fue asumido por el abogado Ricardo Cáceres –de la Defensoría Penal Pública Mapuche de La Araucanía-, quien en su alegato ante el tribunal de garantía no sólo rechazó la invocación de la Ley Antiterrorista en este caso, sino que afirmó que no existían antecedentes suficientes como para estimar que el adolescente tuvo participación en los hechos. El juez de garantía aceptó este último argumento, pero no se pronunció sobre el tema de la Ley N° 18.314.

Posteriormente, la Fiscalía apeló y el caso fue visto entonces por la Corte de Apelaciones de Temuco, instancia en que el alegato de la defensa fue presentado por el abogado Jaime López, también de la Defensoría Penal Mapuche. La Corte confirmó la decisión del juez de Garantía, pero tampoco se pronunció sobre la pretensión del Ministerio Público de invocar la comisión de delitos terroristas en este caso.

NORMAS INTERNACIONALES

Consultada sobre este caso, la Defensora Regional de La Araucanía, Bárbara Katz, rechazó la pretensión del Ministerio Público, “cuya insistencia en invocar la Ley 18.314 respecto de adolescentes contraviene las normas internacionales que nos rigen en esta materia, en especial la Convención Internacional de los Derechos del Niño”.

Katz explicó que si bien las modificaciones aprobadas el año pasado para esta ley resultaron poco claras en este sentido, “la historia de la ley sí ha dejado clara la intención del legislador en torno a excluir de la aplicación de esta ley a los adolescentes”.

La Defensora Regional recordó que precisamente con el fin de evitar interpretaciones erróneas como la que intenta la Fiscalía en este caso, “en marzo pasado el Gobierno envió al Congreso un nuevo proyecto de ley, para aclarar en forma definitiva este punto. Esperamos que este proyecto sea aprobado en breve plazo, para evitar que el Ministerio Público siga invocando esta legislación respecto de adolescentes, escenario en que se pueden ver seriamente afectados sus derechos y garantías”, afirmó.

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