Repudiamos enérgicamente la situación vivida el martes 9 de noviembre, tras los ALLANAMIENTOS realizados por personal de la PDI a los estudios de transmisión de las siguientes EMISORAS COMUNITARIAS en PAINE:
Radio TENTACIÓN, Radio 24, Radio FELICIDAD.
Contando con un gran despliegue de funcionarios de la POLICIA CIVIL, se incautaron todos los equipos de transmisión, rompiendo puertas y ventanas, saltando muros e interrogado a todos los vecinos de los alrededores de los estudios de transmisión; gran parte de los comunicadores de estas Radio emisoras fueron sometidos a control de detención y tratados como delincuentes.
Repudiamos con toda nuestra fuerza esta situación y emplazamos a todos los políticos de Chile a poner término al famoso y destructor Artículo 36 Bletra A: "La ley maldita" de las radios comunitarias.
El artículo 36 B letra A de la Ley General de Telecomunicaciones, promulgada durante la Dictadura, sanciona con penas de cárcel a quienes realicen radiodifusión sin concesión. Mediante este mecanismo, muchos proyectos comunicacionales alternativos, han debido o silenciar su voz o enfrentar la justicia.
Invitamos a toda la comunidad a cuidar las radios comunitarias de Paine que estamos por el derecho a la comunicación. Por lo tanto exigimos:
1.Todo ciudadano(a) tiene derecho a la comunicación, es decir, a recibir y producir información por cualquier vía ya sea escrita, radial, televisiva, etc.
2.Cada persona tiene el deber de luchar porque exista diversidad de medios de comunicación.
3.La pluralidad y libertad de los medios de comunicación es una de las variables para evaluar si un país determinado es más o menos democrático. Por lo tanto, la salud de nuestra democracia dependerá de la diversidad representada en nuestros medios de comunicación.
4.Los medios comunitarios tienen como eje de Acción la defensa de los derechos de las personas, la búsqueda de los valores democráticos y el fortalecimiento de las identidades culturales y sociales.
5.El estado debe intervenir en su regulación y permitir que las televisiones y radios comunitarias tenga acceso al espectro sin discriminación.
6.Cada organización tiene derecho a fundar un medio de comunicación; la legislación Internacional reconoce el derecho a todas las comunidades organizadas, rurales o urbanas, a fundar emisoras de radios comunitarias, sin límite arbitrario referido a áreas geográficas.
7.Rechacemos enérgicamente el hecho de que los grandes consorcios radiales monopolizan el derecho al espectro radio eléctrico y a toda persona que fomenta la acusación y penalización de estos medios populares.
Radio Tentación - Visión, señal 3 TV Paine
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