exigimos la paralización de los procesos de consulta de todas las medidas administrativas y legislativas en trámite, y de todos los proyectos energéticos y extractivos en territorios indígenas, hasta que estos cumplan con las condiciones y garantías establecidas en los instrumentos ya señalados...
Los pueblos indígenas Aymara, LickanAntai, Quechuas, Collas, Diaguitas, Mapuches, y Kaweskar reunidos en el Hotel Crowne Plaza con motivo de la convocatoria realizada para informar y discutir sobre la Propuesta de consulta Indígena de Gobierno, y representados por medio de cada uno de los firmantes de la presente declaración, afirmamos que:
1.- Somos pueblos pre-existentes a la conformación del Estado de Chile, y por lo mismo, somos titulares del derecho a la autodeterminación, lo cual se entiende y expresa entre otras formas, por medio del derecho a la consulta y participación
2.- Exigimos de forma inmediata la derogación del Decreto 124 de MIDEPLAN, antes del 31 de diciembre del presente año, documento desarrollado de forma inconsulta y estratégica con el fin de vulnerar la consulta y participación indígena, contenidas no solamente en los artículos 6 y 7 del Convenio 169 de la OIT, sino también, en la totalidad de los demás artículos del Convenio, en la Declaración de las Naciones Unidas, y los demás instrumentos generales de derechos humanos y ratificados por Chile.
Cabe destacar la declaración del Ministro Joaquín Lavín realizada en octubre del 2011, respecto el compromiso de derogar en el corto plazo dicho decreto. Compromiso que hasta la presente fecha no se ha cumplido.
Exigimos también detener la tramitación del nuevo Reglamento del SEA, el cual no fue consultado bajo ningún aspecto y que lesiona gravemente los derechos de los pueblos indígenas. Dicho reglamento sólo profundiza el modelo económico extractivo, afectando nuestras territorios y tierras, aguas y demás recursos naturales.
Así mismo, y mientras se discutan las nuevas propuestas de consulta, exigimos que se aplique de forma directa el Convenio 169 de la OIT a través de las recomendaciones del Relator de las Naciones Unidas James Anaya, siempre que se invoque dicho proceso.
3. En consecuencia, exigimos la paralización de los procesos de consulta de todas las medidas administrativas y legislativas en trámite, y de todos los proyectos energéticos y extractivos en territorios indígenas, hasta que estos cumplan con las condiciones y garantías establecidas en los instrumentos ya señalados.
4. Rechazamos la actual propuesta de consulta impuesta por el Gobierno, tanto en su metodología, objetivos y contenidos. En nuestros territorios no se informaron oportunamente los objetivos y contenidos de la convocatoria, se ha omitido arbitrariamente la participación de determinados Lonkos y otras Autoridades Ancestrales y representativas elegidas en forma autónoma, afectando la debida representatividad de nuestras bases. A lo cual, hay que agregar la falta de representación en el Consejo de la CONADI de los pueblos indígenas Quechua, Colla y Diaguita, afectado su posición en los procesos de información.
5. En consecuencia, para desarrollar la consulta, proponemos descentralizar dicho proceso. Se debe garantizar la adecuada participación de todos los pueblos autónomamente organizados, considerando su realidad e identidad cultural, respetando sus métodos tradicionales de adopción de decisiones, con sus propios tiempos, plazos e idiomas.
Exigimos la ampliación de los plazos impuestos unilateralmente, como también exigimos el financiamiento estatal de las reuniones de trabajo de los pueblos indígenas así como de los asesores elegidos libremente por cada uno de los territorios.
De no cumplir con dicha demanda, identificamos en el actuar de Gobierno una falta expresa a la buena fe y por ende, invalidamos cualquier resolución, como así a los indígenas que amparen este comportamiento.
6. Además, exigimos cumplir los comentarios realizados por el Relator especial de las NU para los pueblos indígenas James Anaya con fecha noviembre de 2012, sobre los estándares internacionales para la realización de la consulta. En tal sentido, la consulta es un deber del Estado y un derecho de los pueblos indígenas, no es una acción que dependa de la buena voluntad de uno u otro gobierno. Así mismo, creemos que ningún reglamento o manual puede limitar el derecho a la consulta y participación, y menos los derechos generales y particulares de los indígenas. Por el contrario entendemos que una propuesta de los pueblos indígenas, debe ser un documento que respete los instrumentos internacionales, puesto que se trata de derechos humanos y que no pueden subordinarse al interés nacional.
7. Rechazamos categóricamente la nueva Ley de Pesca, la Ley de Fomento Forestal y exigimos la modificación de las demás leyes sectoriales, que en ningún momento fueron consultadas. También rechazamos la entrega de derechos de agua en territorios indígenas, y demandamos el fin al estado de violencia y la desmilitarización inmediata de los territorios ocupados.
8. Exigimos la renuncia del Director Nacional de la CONADI por no estar presente en esta convocatoria, y más importante aún, por la carta enviada por él a la Ilustrísima Corte de Apelaciones con fecha 14 de noviembre del 2012, en que señala que el “supuesto” proceso de consulta indígena ha sido efectivamente realizado. Los pueblos declaramos que las firmas obtenidas mediante talleres, reuniones, capacitaciones y otras actividades realizadas por el Gobierno no constituyen consultas.
Para finalizar sólo expresamos nuestra voluntad para trabajar una propuesta de consulta, siempre y cuando se respeten los derechos y garantías expresados en esta declaración como en el convenio 169, declaración de las Naciones Unidas, y demás instrumentos nacionales e internacionales de Derechos generales.
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