samedi 22 décembre 2012

Justicia acoge recurso de amparo contra Carabineros por operativos en Temucuicui


La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un nuevo recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Mapuche, al cual adhirió el Instituto Nacional de derechos Humanos (INDH), en contra de Carabineros de la Prefectura de Malleco por operativos realizados el 4 de octubre pasado en la comunidad de Temucuicui.
Justicia acoge recurso de amparo contra Carabineros por operativos en Temucuicui

INDH

En un fallo unánime, las ministras de la Segunda Sala María Elena Llanos, Cecilia Aravena y el abogado integrante Carlos Gutiérrez, acogieron la acción cautelar.

La sentencia establece que “el rigor desplegado por la policía para enfrentar un grupo de personas, debiendo procurar en su accionar no provocar mayores males que los necesarios para dar debido cumplimiento a su obligación de controlar grupos de personas, excedió el marco de lo aceptable con lo cual afectó derechos y garantías de los/as amparados/as, que aun cuando podrían haber estado dentro de un grupo de personas que provoca desmanes, no podían ser víctimas del excesivo uso de fuerza que le causaron las lesiones de que dan cuenta los certificados de lesiones”.

El dictamen añade que “dichas actuaciones de Carabineros provocaron un evidente detrimento a la libertad personal y seguridad individual de Juan Pedro Queipul Huaiquil, Marcelino Segundo Levicura Manquel y Margarita Marillán Curamil, lo que en definitiva autoriza a la magistratura para dictar las medidas conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de los afectados, como lo dispone el artículo 21 de la Constitución Política de la República”.

De ahí que la segunda sala del tribunal de alzada acogiera el recurso de amparo, ordenando “a la Prefectura de Carabineros Malleco efectuar los procedimientos policiales que se le ordenaren, con estricta sujeción a la normativa constitucional y legal vigente, absteniéndose, en lo sucesivo, de afectar los derechos fundamentales de las personas amparadas, teniendo una especial consideración en cuanto a los medios de disuasión que se utilicen para controlar a grupos de personas que provoquen desórdenes”.

Para Lorena Fries – Directora del INDH- el fallo representa “la quinta ocasión en que los Tribunales Superiores de Justicia dictaminan que Carabineros de Chile excede el marco de lo aceptable en cuanto a sus procedimientos de control del orden en comunidades mapuche, por lo que resulta imperativo que su actuar se ajuste lo que señala la justicia y que además está establecido en la Constitución Política del Estado y en diferentes tratados internacionales”.

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