mardi 12 juillet 2011

Representante ONU Alto comisionado DDHH América Latina: “Para llegar hasta donde los torturadores ejercen su profesión”


Si bien los Estados parte del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura se comprometen a establecer mecanismos nacionales de prevención de la tortura, países como Chile no tiene un mecanismo nacional de prevención / Para implementar este mecanismo de prevención es necesaria una clara voluntad política de los gobernantes y de los congresos para trasformar el compromiso normativo en hechos concretos.

“Poner fin a la tortura es lo que nos reclaman las víctimas, y lo que nos exigen la sociedad y la comunidad humana en su conjunto. Para poder hacerlo, hay que llegar hasta donde los torturadores ejercen su profesión”, señala Amerigo Incalcaterra, Representante Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Gentileza Jennifer Ross

Oficial de Prensa Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

Autor:

Amerigo Incalcaterra

Representante Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

http://acnudh.org

La tortura y los malos tratos normalmente se producen en lugares de detención aislados, donde quienes la practican están seguros de estar fuera del alcance de una supervisión y una rendición de cuentas eficaces. Si a esto sumamos los grandes obstáculos que generalmente enfrentan los privados de libertad para denunciar los actos de tortura, especialmente por temor a represalias, es evidente que una manera idónea de romper con el círculo vicioso que genera la impunidad es someter a los lugares de detención al escrutinio público.

La comunidad internacional condenó la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes en la Declaración Universal de Derechos Humanos, por ser uno de los actos más execrables que los seres humanos cometen contra sus semejantes. Luego, aprobó una convención internacional que prohíbe absolutamente la tortura en cualquier circunstancia. También nombró un Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos y/o penas crueles, inhumanos y degradantes, cuyo mandato es el de asesorar a los países en el cumplimiento de sus obligaciones en esta materia.

A pesar de los muchos esfuerzos realizados tanto a nivel internacional como nacional para erradicarla, la tortura sigue fuertemente arraigada en las prácticas institucionales de muchos centros de privación de la libertad. A esto se suman los esfuerzos por legitimar su uso en el marco de la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado, argumentando que hace falta "mano dura" para detenerlos. La experiencia, no obstante, nos indica que recurrir a la tortura no ha contribuido a la eliminación de uno ni de otro.

La comunidad internacional y los Estados cuentan, desde 2002, con una herramienta legal. Se trata del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, que contempla dos instrumentos concretos: la creación de un Subcomité Internacional de Prevención de la Tortura y el establecimiento, a nivel nacional, de uno o varios mecanismos independientes para la prevención de la tortura.

¿Su misión? Adoptar un sistema de visitas periódicas a los centros de detención para prevenir la tortura, así como recomendar las medidas correctivas para mejorar el trato y las condiciones de vida de las personas privadas de libertad, que muchas veces son comparables a la tortura.

Para implementar este mecanismo nacional de prevención es necesaria una clara voluntad política de los gobernantes y de los congresos para trasformar el compromiso normativo en hechos concretos, sobre todo cuando se trata de prácticas muy arraigadas en instituciones como las policías, los servicios penitenciarios y otros centros de privación de libertad.

Si bien los Estados parte del Protocolo Facultativo se comprometen a establecer mecanismos nacionales de prevención de la tortura, de los seis países que cubre la Oficina Regional para América del Sur de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos (Argentina, Bras il, Chile, Perú, Uruguay y Venezuela), ninguno tiene un mecanismo nacional de prevención de acuerdo con lo establecido por el Protocolo Facultativo, aun cuando se han presentado proyectos de ley desde hace varios años en algunos países. Es positiva, en cambio, la creación de Comités Estatales para la Prevención y Combate a la Tortura en el Estado de Rio de Janeiro y el Estado de Alagoas en Brasil, así como en la Provincia del Chaco en Argentina.

Poner fin a la tortura es lo que nos reclaman las víctimas, y lo que nos exigen la sociedad y la comunidad humana en su conjunto. Para poder hacerlo, hay que llegar hasta donde los torturadores ejercen su profesión.

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