jeudi 13 janvier 2011

Polémica y emplazamientos al Interior del Partido Socialista de Chile por Proyecto de Reforma Constitucional INCONSULTO

Vice Presidencia de asuntos Indígenas del PS “desinformada”, señala que información dada a conocer por este medio es errónea / Al parecer se hace necesaria una efectiva democratización interna y formación sobre Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas establecidos en estándares internacionales en esta colectividad, no es posible seguir aceptando atropellos / Militante del PS emplaza a directiva del Partido, señalando entre otros puntos.

“NO puedo menos que lamentar que en la alta investidura que ostenta en la Dirección Nacional del Partido Socialista de Chile, con una responsabilidad crucial en representar la línea político-programatica del PSCh referente a los pueblos originarios, en su declaración NO haya existido ni una sola palabra a aquello, ni reprimenda alguna a los diputados que saliéndose de la línea oficial del Partido concurrieron con su voto a solicitarle al Presidente de la Republica instalar la Urgencia al reconocimiento Constitucional de los Pueblos Originarios, lo que implica en si misma reconocimiento sin consulta a los interesados como demanda el Convenio Nº169 de la OIT”

INDICE

1.- CARTA MILITANTE SOCIALISTA A VICE PRESIDENCIA ASUNTOS INDÍGENAS PS

2.- DECLARACIÓN PÚBLICA VICEPRESIDENCIA NACIONAL ASUNTOS INDÍGENAS PS

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Eugenio:

Podemos concluir de tú Declaración Publica, que efectivamente los Diputados Socialistas que concurrieron con su voto para aprobar un proyecto de acuerdo el 4 de Enero recien pasado, convocando al Presidente de la Republica a colocar suma urgencia al Proyecto de Ley de reconocimiento constitucional a los pueblos originarios, cometieron un error político garrafal, incluido el Presidente Nacional del PSCh Dip. Osvaldo Andrade, toda vez que de tú propia declaración publica se colige:

1) que el tema se encuentra radicado en el emiciclo del Senado y NO de la Camara: Este detalle es de vital importancia para los que entienden de temas legislativos, y desde esa perspectiva resulta poco claro o incomprensible cual era el objetivo político perseguido por los Diputados al solicitar la Urgencia a un proyecto de Ley que NO esta bajo su jurísdicción, sino la del Senado, la unica posible explicación que podria encontrarle es buscar apresurar su discusión y tener a la brevedad el tema en la camara, con desconocidos propositos. Que tal vez tú podrías aclararnos;

2) que los Senadores solicitaron el retiro de la urgencia al Proyecto de Ley, para dar tiempo al desarrollo de la Consulta a los Pueblos originarios, conforme al Convenio Nº169: Aquí nuevamente NO se entiende lo que perseguian los Diputados, pues si el Senado dandose cuenta que el Convenio Nº169 les obliga a consultar, solicitan el retiro de la Urgencia para Consultar, con un fallo de por medio del Tribunal Constitucional que dice que hay que consultar, y el Presidente retira la Urgencia, ¿por que solicitan reponer la urgencia?, generando de paso un hecho político adverso para la credibilidad de todo el sistema politico representativo, frente a los pueblos originarios y sus organizaciones;

3) que la consulta aun NO se desarrolla por discusiones de caracter tecnico sobre cual será el mecanismo más apropiado para ello: Creo que aquí pudiera estar la motivación de algunos diputados al buscar apurar el proceso, dado que el Estado Chileno esta actualmente incumpliendo el Convenio Nº169 al NO generar un reconocimiento constitucional a sus pueblos originarios, pero en el apuro por cumplir internacionalmente, se puede terminar aprobando cualquier enjendro, o pasar gato por liebre. En lo personal creo que el debate sobre cual es el mejor sistema de consulta es artificial, y dilatorio, pues en un sistema democratico el sistema de consulta validado por los organismos internacionales es el Plebiscito, por lo cual lo otro es buscar excusas para dilatar y manipular resultados, aquí lo que debe ocurrir es organizar un Plebiscito donde voten un hombre (o mujer) un voto por 2 opción el Proyecto de Reconocimiento Constitucional del Gobierno (Sen. Espina) que excluye los derechos colectivos, políticos y Territoriales y un reconocimiento constitucional Total que incluya los derechos colectivos, políticos y territoriales, que es el espiritu del Convenio Nº169... y que todo ciudadano mayor de 18 años de ascendencia indigena (ambos o al menos un apellido indigena) vote usando los mismos colegios escrutadores de las elecciones populares.

4) que la denuncia del Diario electronico Mapuexpress es efectiva: Pese a que en tú declaración Publica asignas al medio la responsabilidad de difundir una información erronea, y por esta via desinformar a la comunidad, la verdad sea dicha que NO es así, pues lo que Mapuexpress denuncia, es que la Camara de Diputados de Chile le ha solicitado al Gobierno colocar urgencia al Proyecto de Reconocimiento Constitucional, lo cual en tú propia declaración reconoces que es efectivo, y era que NO si estan en las actas de sesión de la camara, así como el registro de como voto cada parlamentario, luego el informativo realiza una lectura de lo que significa esta acción, la intensión manifiesta de los parlamentarios Chilenos de aprobar un proyecto de ley de reconocimiento Constitucional, sin realizar la Consulta a los pueblos originarios afectados por este como lo demanda el Convenio Nº169 de la OIT, lectura que es legitima y totalmente posible, como interpretación de hechos políticos como la abierta contradicción entre el Senado que pidio el retiro de la Urgencia a fin de realizar la consulta y los Diputados que solicitan dar Urgencia al proyecto lo que NO daria tiempo para organizar y realizar la consulta. En lugar de buscar culpar a la prensa libre por informar lo que hacen los parlamentarios, yo esperaria de Ud., compañero Alcaman en su calidad de Vicepresidente de Asuntos Indigenas del PSCh, que fustigara severamente a los diputados del Partido, a los autores del acuerdo, por NO retirar el apoyo al voto al enterarse del cambio de escenario y a los que votaron a favor del voto el 4 de Enero, muy especialmente al Pdte. Nacional del PSCh Dip. Osvaldo Andrade que con este suma su segundo error de juicio político consecutivos tras el bochornoso episodio de la Negociación Colectiva de la ANEF, por haberle dado viabilidad a esta solicitud de Urgencia, pues es ese hecho político el que pone en entre dicho nuestro compromiso político con los pueblos originarios y NO lo que publique o deje de Publicar Mapuexpress o cualquier otro medio de Comunicación Social independiente o de las grandes corporaciones informativas chilenas.

Compañero, NO puedo menos que lamentar que en la alta investidura que ostenta en la Dirección Nacional del Partido Socialista de Chile, con una responsabilidad crucial en representar la línea político-programatica del PSCh referente a los pueblos originarios, en su declaración NO haya existido niuna sola palabra a aquello, ni reprimenda alguna a los diputados que saliendose de la línea oficial del Partido concurrieron con su voto a solicitarle al Presidente de la Republica instalar la Urgencia al reconocimiento Constitucional de los Pueblos Originarios, lo que implica en si misma reconocimiento sin consulta a los interesados como demanda el Convenio Nº169 de la OIT, en abierta Contradicción con el Senado de la Republica y el fallo del Tribunal Constitucional. Ese silencio lo coloca en entredicho entre los ciudadanos integrantes de los pueblos originarios de nuestro país y la militancia socialista, y eso a lo menos es lamentable.

Fraternalmente

José-Antonio Jerez Burgos

Un militante Socialista


"Nuestra Fuerza Radica,

En Nuestros Principios"

El 13 de enero de 2011 06:27, Eugenio Alcamán escribió:

Declaración Pública

Ante la divulgación por un diario electrónico de apreciaciones relativas al trámite legislativo sobre la iniciativa sobre reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas vengo en señalar lo siguiente:

1. El pasado 4 de enero la Sala de la Cámara de Diputados votó a favor un proyecto de acuerdo tendiente a solicitar urgencia a la reforma constitucional para el reconocimiento de los pueblos indígenas. Dicho proyecto de acuerdo había sido presentado en secretaría el pasado 28 de septiembre por los diputados Enrique Accorsi, Ramón Farías, Marcos Espinosa, Gabriel Silver, Lautaro Carmona, Denise Pascal y Miodrag Marinovic.

2. En dicho proyecto de acuerdo, como en el mismo se señala, los diputados firmantes solicitaban sea colocada la urgencia a la reforma constitucional para el reconocimiento de los pueblos indígenas “a fin de de que se pueda dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por Chile a nivel internacional sobre estas materias y, además cumplir con el anhelo manifestado en cientos de ocasiones por las comunidades indígenas que habitan nuestro territorio nacional”. Los diputados solicitantes recordaban la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por la Asamblea General el 13 de septiembre de 2007 y las repetidas representaciones que la comunidad internacional ha efectuado en cuanto a que el Estado de Chile no haya todavía incorporado este reconocimiento en nuestra Carta Fundamental.

3. La calificación de urgencia del proyecto constitucional sobre conocimiento de los pueblos indígenas fue dada por el Presidente Piñera quien, según el artículo 71 de la Constitución Política, exclusivamente tiene la facultad de calificar una iniciativa legislativa. Los diputados que subscribieron dicho proyecto de acuerdo, así como el propio acuerdo de la Cámara de Diputados del pasado 4 de enero, solamente solicitan al Presidente de la República asigne urgencia a dicho proyecto de reconocimiento constitucional. La información divulgada por internet se equivoca, en consecuencia, en cuanto a que dicho acuerdo de la Sala de la Cámara de Diputados signifique la aprobación inmediata de la reforma constitucional.

4. Además el proyecto de reforma constitucional sobre reconocimiento de los pueblos indígenas se encuentra en primer trámite constitucional en el Senado y todavía no ha pasado a segundo trámite en la Cámara de Diputados.

5. En dicho primer trámite constitucional, la Presidenta de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, Soledad Alvear, el pasado 14 de octubre propuso al Ejecutivo quitar la urgencia a dicho proyecto expresamente a fin de cumplir con el deber estatal de consulta a los pueblos indígenas dispuesto en el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas. Los demás miembros de dicha Comisión de Constitución, así como el Ejecutivo, aprobaron esta iniciativa. En consecuencia, la aseveración hecha en la información del diario electrónico carece de todo fundamento por cuanto, además que el proyecto sobre reconocimiento constitucional no se encuentra en tramité legislativo en la Cámara de Diputados, en la Comisión del Senado donde se encuentra fue solicitada y aprobada por el Ejecutivo el proceder al deber de consultar al respecto a los pueblos indígenas.

6. Efectivamente, esta decisión de cumplimentar el deber estatal de consulta a los pueblos indígenas fue reiterada el pasado 27 de diciembre cuando la misma Comisión de Constitución del Senado, considerando las discrepancias entre sus miembros, decidió proponer un procedimiento de consulta a los pueblos indígenas en la tramitación de un proyecto de ley o moción parlamentaria según establece el Convenio 169 de la OIT. Esta decisión fue adoptada después de escuchar las opiniones de la Directora del Departamento de Normas de la OIT y a algunas organizaciones no gubernamentales. En consecuencia, así como a la Cámara de Diputados todavía no le corresponde conocer del proyecto de reforma constitucional para el reconocimiento de los pueblos indígenas, la Comisión respectiva del Senado, donde actualmente se encuentra el proyecto en primer trámite constitucional, adoptó la decisión de consultar al respecto a los pueblos indígenas conforme dispone el Convenio 169 de la OIT.

7. Debemos recordar además que el Tribunal Constitucional en su Sentencia Rol N° 309 de 4 de agosto de 2000 en el considerando 7° señaló que el Congreso Nacional tiene el deber de consultar a los pueblos indígenas en la tramitación de una ley susceptible de afectarles.

8. Finalmente, considero necesario mantener la atención en que el procedimiento de consulta a adoptar por el Congreso Nacional, según anunciara la Presidenta de la Comisión de Constitución del Senado, sea también consultado con los pueblos indígenas con un procedimiento efectuado de buena fe tendiente a alcanzar un acuerdo. Especialmente deberemos vigilar dicho procedimiento después de conocidas las discrepancias existentes entre los miembros de la Comisión de Constitución del Senado respecto de como entender el mecanismo de consulta a los pueblos indígenas.

Eugenio Alcamán

Vicepresidente Nacional de Asuntos Indígenas

Partido Socialista de Chile

Temuco, 12 de enero de 2011.

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