mardi 11 janvier 2011

Semana crucial para medidas cautelares de dos menores mapuche acusados por ley antiterrorista

Se trata de los menores C.C.M. y L.M.C. Para el primero ya figura en tabla del Juzgado de Garantía de Temuco para este miércoles y, en el caso del segundo, se espera la confirmación del día tras su paso por la Corte Suprema. Deberá ser revisada sólo por ministros titulares, excluyendo a los fiscales judiciales, asegura la defensa.

Fuente: http://www.observatorio.cl/node/1073

Por Elías Paillan, martes 11 de enero de 2010

A las 9:00 horas de este próximo miércoles 12 de enero se revisarán nuevamente las medidas cautelares solicitadas en favor del menor mapuche de iniciales C.C.M., acusado bajo ley antiterrorista y en reclusión transitoria desde hace un año en la cárcel de menores de Cholchol.

Hay que recordar que la semana pasada a este joven mapuche se le dejó sin efecto la libertad que se le había otorgado horas antes por la Segunda Sala de la Corte de Justicia de Temuco, y se ordenó su detención inmediata, debido a un aberrante error judicial justo en un contexto de profundo dolor producto del fallecimiento de su padre.

“Nosotros esperamos que se le otorgue la libertad, ya que está en condición de cumplir la cautelar de arresto domiciliario”, sentenció su abogada María Salamanca Huenchullan. Añadiendo que “espera ganar de forma unánime la solicitud, pero con sin la participación de ministros titulares y no con fiscales judiciales”, aseveró, aduciendo al fiscal Luis Troncoso Lagos que votó en contra su libertad el pasado 5 de enero.

En el caso del otro menor de edad, iniciales L.M.C, aún no se tiene fecha para una nueva audiencia, pero se presume que también sería esta semana, de acuerdo a lo informado por su abogado defensor, Sebastián Saavedra Saavedra.

Ministros titulares y no fiscales judiciales

Frente a estas nuevas deliberaciones judiciales que deben dar respuesta a la solicitud de libertad para estos jóvenes mapuche, cabe recordar que el pasado viernes la Corte Suprema de Santiago al conocer de uno de estos casos ordenó a la Corte de Apelaciones de Temuco realizar una nueva audiencia. En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Carlos Künsemüller y el abogado integrante, Alberto Chaigneau, anularon la vista realizada por el tribunal de alzada al revisar el cambio de régimen del menor L.M.C.

La Corte basó su decisión en el hecho de que al analizar la revisión de medida cautelar de internación provisoria, el tribunal estaba integrado por los ministros Llanos, Carreño y el fiscal judicial Luis Troncoso, en circunstancias de acuerdo al artículo 19 N° 7 letra e) inciso 2° de la Constitución, la solicitud de libertad de un imputado por Ley Antiterrorista debe ser conocida por miembros titulares de una Corte de Apelaciones.

En efecto, el Código Orgánico de Tribunales (COT) indica que los miembros titulares de las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema son los ministros, excluyendo a los fiscales judiciales que son auxiliares de la administración de justicia,

“En estas condiciones, cabe concluir que la referencia constitucional a los miembros titulares del tribunal superior, queda restringida a los ministros titulares de la respectiva Corte de Apelaciones y en eso coincídela doctrina”, dictamina el fallo.

Agregando luego que “la composición de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, que conoció de la apelación contra la resolución del Juez de Garantía de Victoria de 19 de octubre de 2010 y que mantuvo la internación provisoria de L.M.C., fue constituida en contravención con el mandato del texto constitucional y, por consiguiente, deviene en su incompetencia, por errada integración”, según informa el Poder Judicial.

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