Dirigentes mapuche denuncian sistemática política de la Oficina de la OIT en Chile de obstaculizar acceso a Misiones de la OIT de Ginebra, y complicidad para desvirtuar el Convenio 169. Maniobra de "declaración interpretativa" al Convenio 169 se fraguó en oficinas de la OIT chilena y fue rechazada en Ginebra. Ahora se repite la historia.
Vibrante llamado a jefa de Normas de la OIT a no dejarse engañar y a "insistir ante las autoridades chilenas en la verdadera aplicación del Convenio 169, con el estándar del Derecho Internacional que éste tiene y exigir al gobierno la eliminación del Decreto 124 "
Reproducimos Comunicado
COMUNICADO DE PRENSA
CON UN VERDADERO PORTAZO, RESPONSABLE DE LA OIT CHILENA NIEGA AUDIENCIA A COMUNIDADES INDÍGENAS CON DIRECTORA DE NORMAS DE VISITA OFICIAL EN CHILE
¡ESCANDALOSA POR DECIR LO MENOS! ASÍ FUE LA ACTITUD DE GUILLERMO MIRANDA AL RESPONDER A DIRIGENTES Y AUTORIDADES ANCESTRALES MAPUCHE Y AIMARAS, QUIENES FUERON APOYADOS POR DIRIGENTES DE LA CUT PARA SOLICITAR UNA AUDIENCIA CON CLEOPATRA DOUMBIA-HENRY
“Antes que nada quisiera expresarle que esta Oficina, respecto de las violaciones de los derechos de los pueblos indígenas tiene un mandato que la comunidad internacional nos ha asignado es velar, a través de nuestros órganos de control, por la aplicación adecuada de las Normas Internacionales de Trabajo ratificadas por los Estados Miembros”
Así señala Guillermo Miranda en su carta de respuesta a la solicitud de audiencia, la que iba dirigida directamente a la Sra. CLEOPATRA DOUMBIA-HENRY y no al señor Miranda, y la que fue suscrita tanto por dirigentes mapuche, como aimaras, además de dirigentes nacionales de la CUT.
La respuesta sin embargo por parte del señor Miranda va dirigida solo a Francisco Vera Millaquén.
Sorprende sin embargo lo señalado por el señor Miranda, ya que si efectivamente ese es el mandato que tienen de la “comunidad internacional” debemos señalar que lo disimulan muy bien, ya que su propia respuesta niega en los hechos lo que afirma.
Nada más alejado señalar que tienen por mandato “velar…por la aplicación adecuada de las Normas Internacionales...” y sin embargo negar la posibilidad que nosotros LOS TITULARES DE DERECHOS consagrados en un convenio de la OIT, el 169 sobre pueblos indígenas y tribales, informemos directamente a la encargada de Normas Internacionales de la OIT cómo se está aplicando en Chile el Convenio luego de un año de vigencia plena, y luego de denodados esfuerzos por parte de las autoridades de este país por truncar dicho Convenio. Prueba irrefutable de ello es el mutilador e ilegal Decreto 124 de 2009 emitido por Mideplan y aprobado por Contraloría en tiempo record, solo 8 días, lo que prueba cuál es el verdadero interés que Chile ha puesto en la aplicación del Convenio 169 de la OIT.
Lo grave de esta situación es que el señor Guillermo Miranda con su “respuesta oficial” se hace cómplice del Estado chileno en la mutilación del convenio y por ende la mutilación de los derechos asignados o reconocidos por el citado convenio a los pueblos indígenas en Chile.
Esto sin embargo no es nuevo, ya en enero de 2008 en pleno proceso de aplicar una Declaración Interpretativa (mutiladora) al Convenio, el mismo señor Miranda impidió que un grupo de dirigentes indígenas pudieran reunirse con el Director de la OIT el señor Somavía, por esos días igualmente de visita oficial a Chile.
Repudiamos estas actitudes de la OIT de Chile y hacemos un llamado ferviente a la señora CLEOPATRA DOUMBIA-HENRY a no dejarse engañar por quienes lejos de estar “velando por la aplicación adecuada de las Normas Internacionales...” de la OIT, están siendo cómplices para que no se apliquen en Chile, burlando así el mandato que efectivamente tiene de la comunidad internacional.
Llamamos así mismo a la señora DOUMBIA-HENRY a insistir ante las autoridades chilenas en la verdadera aplicación del Convenio 169, con el estándar del Derecho Internacional que éste tiene y exigir al gobierno la eliminación del Decreto 124 que carece de validez ante la ratificación del Convenio; también le hacemos un llamado a pronunciarse sobre la aplicación que los tribunales deben dar al Convenio, especialmente la Corte Suprema que el 17 de mayo último avergonzó el derecho con un fallo garrafal que negó a los mapuche su derecho consagrado en el citado instrumento internacional.
Finalmente, hacemos un llamado a la OIT de Chile a actuar de acuerdo con el mandato que tiene, cual es verdaderamente velar por la aplicación íntegra por parte de Chile de los Convenios que ha ratificado, entre los cuales sin duda el 169 es el de mayor importancia para los pueblos indígenas en este país.
Francisco Vera Millaquén
Werkén Comunidad Mapuche Huilliche "PEPIUKËLEN"
Pargua/Región de Los Lagos
Territorio de la Futahuillimapu
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