Los afectados aseguran que los continuos allanamientos que afectan a las comunidades, las detenciones y todo lo que involucra al tema mapuche, vulnera los derechos humanos y los tratados internacionales sucritos por Chile, como la Aplicación de la Ley Antiterrorista en menores. Situación que llevó al abogado del comunero mapuche más joven en huelga de hambre a recurrir al Tribunal Constitucional.
Por Ninoska Leiva
Fuente: Radio Universidad de chile
Luis Marileo tiene 18 años, pero asegura haber sido víctima persecución policial y de violencia desde los 10. De hecho, fue tomado detenido en el colegio, cuando apenas tenía 17 años. Jorge Marimán, tiene 19, y sufrió la misma suerte que Luis. Ambos están recluidos en el centro de menores de Chol Chol hace casi un año y son los comuneros mapuches más jóvenes en huelga de hambre. ¿Qué piden? Lo mismo que los otros comuneros presos, que no se les aplique la Ley Antiterrorista.
“En general cuando detienen a los mapuches los torturan, les pegan con palos, armas, y lo mismo le ocurrió a Luis Marileo y Jorge Mariman; los fueron a buscar a la escuela, los sacaron de la sala, los subieron al carro policial y les fueron pegando…”, denuncia la vocera de los estos jóvenes, Gabriela Calfuqueo.
Pero esta realidad de violencia no sería sólo con quienes son tomados detenidos, ya que también estaría presente en todos los allanamientos de las viviendas de los comuneros, los cuales en promedio se dan una vez a la semana en la denominada “zona roja”.
Gabriela Calfuqueo ha seguido estas denuncias y asegura que “todo lo que está en las comunidades es atropellado sin importar si hay niños, ancianos o mujeres embarazadas. Llegan carabineros tiran bombas lacrimógenas, rompen puertas, queman televisores, se llevan las herramientas de trabajo, botan la comida de las personas, sacan el dinero si lo encuentran y a los niños los apuntan en la cabeza con las ametralladoras y con los palos” dijo Calfuqueo.
Denuncias que fueron presentadas ante el Tribunal Constitucional, pues el abogado de Luis Marileo, Lorenzo Morales, le solicitó declarar inconstitucional la aplicación de la Ley Antiterrorista en el proceso de Marileo y Marimán, basándose justamente en la legislación internacional y los convenios de derechos humanos suscritos por Chile.
Según el jurista “todo lo relacionado con estos jóvenes va contra la Convención sobre los Derechos del Niño, que asegura que los menores indígenas son sujetos plenos de derecho y que no se les pueden aplicar leyes especiales, como la Antiterrorista. De hecho, a ellos debería habérseles aplicado la Justicia Procesal Penal”.
Lorenzo Morales advierte además que las reformas presentadas por el Gobierno de Sebastián Piñera no solucionan el conflicto mapuche porque según los tratados internacionales no se puede aplicar la “presunción”, algo que es altamente subjetivo y que no coincide con las normas de Derecho Internacional.
Mirna Villegas, doctora experta en Derecho Penal, comparte esta postura y advierte que no es pertinente que en nuestro país se utilice el concepto de “temor” porque “pertenece a la verdadera organización terrorista que habla de una estrategia criminal destinada a violar sistemáticamente los derechos humanos, algo que no se condice con la lucha territorial indígena” a lo que agrega que “nuestro país debe ajustar su legislación a las normas internacionales que en general restringen el uso de la Ley Antiterrorista al uso público y no privado, que es como se ha aplicado en la mayoría de los caso en Chile”.
Los expertos coinciden en que la presunción es una noción subjetiva y que apunta a la intención de una persona y no a un hecho concreto, por lo que lo califican como aplicación de Derecho Penal de Autor, algo que no corresponde a las normas ni tratados internacionales de Derechos Humanos.
En el año 2007 el entonces relator de Naciones Unidas, Rodolfo Stavenhagen, visitó la comunidad de José Guiñon, a la que pertenecen Luis Marileo y Jorge Marimán, dando cuenta de que estos muchachos sufrían de persecución policial. Información que también será entregada al Tribunal Constitucional por el abogado y los familiares como contexto y modo de prueba.
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