jeudi 12 juillet 2012

Chile: El Mercurio pautea políticas violatorias de Derechos Humanos


Una vez más, el diario cuyo propietario es Agustín Edwards, sindicado como golpista y agente civil para la intromisión extranjera pro bélica y empresarial, como también, para un abierto control y manipulación de las instituciones y arcas públicas para grupúsculos “criollos” de poder económico; Hoy, en el presente, se refiere a una supuesta extensión de la llamada “violencia Mapuche” con una opinión sesgada y hace un “llamado de atención” para precisar y delimitar los alcances del Convenio N° 169 de la OIT ante los reclamos y defensa de las tierras de comunidades frente a los intereses empresariales.
Chile: El Mercurio pautea políticas violatorias de Derechos Humanos


Imagen: Portada documental “El diario de Agustín” /

“La violencia de los reclamos de los pueblos indígenas tendrá un incentivo en la incerteza legal de sus derechos”, dice en su editorial del día 26 de junio de 2012 el mismo diario cuyo propietario es señalado como parte principal de la gestación del golpe de estado en Chile, que conllevó siniestras políticas dictatoriales y masacres estatales contra miles de seres humanos y que no sólo guardó silencio, sino además fue instrumento de horrendas y cobardes acciones.

Es el Mercurio, de Agustín Edwards, el mismo que ha implementado en las últimos años una campaña racista, de discriminación y maquinación de la información en contra de quienes reivindican o defienden los derechos colectivos Mapuche.

Este diario, que representa la expresión de un sector minoritario, cuyo perfil grupal y principal ha sido de justificar las violaciones a los derechos humanos, de lucrar despóticamente a costa del saqueo de arcas estatales, de la manipulación de instituciones públicas, de depredar territorios, se refiere en su titular editorial como la “extensión de la violencia a los ríos” relacionando hechos que según su criterio, “podría incubarse de una expansión del conflicto mapuche desde La Araucanía hacia las regiones de Los Ríos y Los Lagos”, alarmando y responsabilizando de esto al Convenio 169 de la OIT, ya que, a su juicio, si no se dispone de criterios jurídicos claros y asentados en cuanto a las tierras reclamables por los pueblos indígenas, “nada impedirá que aumenten inorgánicamente las pretensiones territoriales, dentro o fuera de la ley”, señala este medio y agrega: “Esto representa un retroceso para el Estado de Derecho y para la propia certidumbre que exige el desarrollo indígena”, indica el Diario de Agustín Edwards, mientras recuerda la opinión del Fiscal regional Francisco Ljubetic, quien calificó como una "guerrilla rural" lo que ocurría en ciertas tierras ancestrales reclamadas por comunidades.

Llama la atención esta opinión sesgada, omitiendo verdades de fondo y diversidad de realidades, sin considerar que gran parte de estas reclamaciones y protestas vienen desde hace muchos años atrás, desenmarcándose absolutamente de los hechos de violencia que ha generado el estado chileno y sectores privados en el devenir, como también, de las imposiciones coloniales, las exclusiones, las negaciones, el despojo de derechos, la masiva usurpación de tierras Mapuche, el reduccionamiento de comunidades, el empobrecimiento y de las masacres estatales que se siguen viviendo en el presente. Para el mercurio, esos derechos humanos, no tienen cabida.

Recordar a Edwards y al sector que representa o interpreta en esta editorial indicada, que la base, la matriz del llamado “Estado de Derecho” es la de garantizar el respeto pleno a los Derechos Humanos y no de violarlos como pretenden hacerlo para satisfacer los intereses de grupúsculos empresariales híper-ideologizados.

Hoy, los temas que se están poniendo al debate no son mera cuestión ideológica, ni de carreras-competencias, ni de guerras-guerrillas, son de sentido común, de garantías mínimas de derechos y de respeto a las formas distintas de asumir el desarrollo y la existencia, vinculada estrechamente a los espacios de vida y de espiritualidad que se reclaman.

Son familias, son comunidades, son autoridades tradicionales, consagradas en normas y tratados internacionales de derechos y en la legislación interna, que, independiente si son mayorías o minorías, dependiendo los parámetros que se quieran enfocar, tienen el absoluto derecho de disidencia porque están defendiendo intereses colectivos ante un modelo que abusiva y arbitrariamente insiste en homogenizar , con prácticas expansivas, de crecimiento depredador, con formas de lucro insensatas, antiéticas , impositivas y varias brutales en su ejercicio, las que en suma, no han traído desarrollo, por el contrario, han intensificado pobreza, empobrecimiento, emigraciones y depredación de espacios necesarios para la existencia y en varios sentidos, la subsistencia.

Son derechos los que están en juego, como el de consulta que establece el Convenio 169 de la OIT, que contrario a la opinión mercurial, sí es vinculante y constitucional, que lo establece el artículo 5 de la Constitución Política de la República de Chile, porque dichas normas son un tratado internacional de derechos humanos, básico, mínimo, establecido así en el estándar internacional y que no se puede uniformar o centralizar como se pretende hacer, en instancias de instrumentalización e intereses políticos que atentan a la participación y que no atienden la diversidad de casos, competencias y autonomías, libre de presiones e intervencionismos. Instar a lo contrario, es un abierto llamado a transgredir derechos humanos, normas internacionales y al debido “Estado de Derechos”, lo que debiera, desde ya, poner en alerta a todas las instancias locales e internacionales que se dicen respetuosas de los derechos humanos y la democracia.

¿Llamado a qué?

…“Urge dar mayor certeza al marco jurídico aplicable a los pueblos indígenas. El Convenio N° 169 confirma la preocupación de Chile por las minorías indígenas y su desarrollo, pero mientras no se delimiten con precisión sus alcances, la violencia de los reclamos de estos pueblos tendrá un incentivo en la incerteza legal de sus derechos”, señala el último párrafo de la editorial del Mercurio, quien ante este “llamado de atención” a la institucionalidad pública del estado, lo antecedió con la interpretación de una opinión calificativa sobre el Convenio como “normas meramente programáticas” y “no vinculantes”, con especial atención a la consulta y señalando como una vaguedad el artículo 14.

Esta interpretación y “llamado” que hace el diario de Agustín Edwards, coincide con la presión que vienen haciendo sus “socios”, el grupo Matte, a través de una de sus empresas, “Colbún”, socia de Endesa en el proyecto de hidroaysén y que busca, entre otros alcances, imponer sus proyectos energéticos, particularmente el de línea de transmisión de electricidad y que tendría que instalarse en una buena parte en suelos de comunidades mapuche en el marco de un desquiciado y depredador trayecto en miles de kilómetros de recorrido desde la Patagonia a la zona central.

Asimismo, ante este leso error de análisis, es importante aclarar que, sí existen criterios jurídicos claros y que además existe una variada jurisprudencia y recomendaciones vinculantes que son del plano internacional y también de algunos casos locales, y que lo que corresponde, de buena fe, es su implementación plena y no intentos de manipulación y delimitaciones, lo que contribuiría enormemente a la paz social. Asimismo, es fundamental atender, considerar e implementar las recomendaciones efectuadas por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (2007) en base al Pacto vinculante sobre Derechos Civiles y Políticos y el Comité de Derechos económicos, sociales y culturales de ONU (2004), del pacto vinculante con el mismo nombre que recomiendan al estado chileno una protección efectiva de las tierras y la demarcación de tierras ancestrales y asegurar así, medidas de reparación justas y dignas, de conformidad al derecho, bajo la libertad de decisión sobre qué formas y modelos alternativos o autónomos de desarrollo es el que se quiere asumir en estos territorios.

Contrariamente al desarrollo como parte de los derechos colectivos, diversos gobiernos, como la dictadura militar, los gobiernos de la concertación y el actual gobierno de la llamada “coalición”, han implementado en el marco del asistencialismo, políticas inorgánicas e inefectivas en soluciones, varias con características de colonialismo e incluso, con cortes racistas, sin participación y oportunidades para la decisión sobre qué formas de desarrollo se quiere, atendiendo la diversidad de los territorios, sus características y pertenencias de interés colectivo, por el contrario, hoy más intensamente, lo que se busca es la anexión de terrenos de los llamados “pequeños propietarios” a los descontrolados, desequilibrados y soberbios intereses de las mega industrias, intensificando la muerte de la vida rural, colapsando aún más los cascos urbanos, depredando territorios para la vida y la de un verdadero desarrollo para las culturas ancestrales.

Sobre el llamado y urgencia que hace el diario de Agustín Edwards con relación a los intereses de ciertos sectores empresariales frente a los derechos de los Pueblos indígenas, también, como ya se insinuó anteriormente, debe ser un llamado de atención para quienes asumen funciones públicas, como también para los sectores políticos que se visten de pro democráticos y en general, a los sectores respetuosos de la vida y los derechos ¿para qué? para asumir una posición y definición clara frente a esta afrenta y que quede de una vez delimitado quien es quien.

Por mucho que a Agustín Edwards y sectores afines les moleste la existencia Mapuche; Por mucho que les irrite la existencia de normas y tratados internacionales de Derechos Humanos, van a tener que aprender a respetar y convivir con esta nueva realidad que llegó para quedarse, en vez de que sigan autodestructivamente pisando sus colas, mientras el olor a azufre se desvanece.

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