lundi 7 février 2011

Declaración Pública del Observatorio Ciudadano ante desalojo en Rapanui

Desalojos Hotel Hanga Roa: ¿Por la razón o la fuerza?

Fuente: Observatorio Ciudadano

Ayer domingo 06 de febrero, se produjo un violento desalojo del Hotel Hanga Roa. Carabineros, en cumplimiento de un oficio de la Fiscalía, en que le ordena el resguardo del lugar e indica que la policía puede ejercer sus facultades autónomas para ello, puso fin a la ocupación de las tierras en que se emplaza dicho hotel, ocupadas por el clan Hitorangui desde agosto pasado.

En agosto de 2010 varios clanes Rapa Nui ocuparon las tierras que reivindican y que les pertenecen ancestralmente. Una demanda del todo legítima, luego de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso en 1933 de la totalidad de las tierras de la Isla de Pascua a nombre del estado chileno, por carecer de otro dueño se argumentó, en abierta contradicción al Acuerdo de Voluntades de 1888, a través del cual se produce la anexión de la Isla al estado chileno. De acuerdo a información proporcionada por Bienes Nacionales, de la totalidad de tierras de Isla Pascua sólo un 13,6% se encuentra en la actualidad transferida al miembro del Pueblo Rapa Nui, lo que es especialmente paradójico en cuanto este pueblo es mayoría en su territorio.

En reacción a las ocupaciones, el gobierno propuso la creación de cuatro mesas de trabajo tendientes a dar solución a: la demanda de tierras, lo que incluye evaluar la situación de las tierras ocupadas; los problemas de inmigración; el Estatuto Especial y la elaboración de un Plan de Desarrollo de la Isla, las que cuentan con un plazo máximo de 60 días para entregar sus propuestas.

Sin embargo, y pese al diálogo entablado por la autoridad central, persiste el uso de la fuerza –policial y jurídica - frente a actos de protesta social del Pueblo Rapa Nui en el marco de los procesos de demanda territorial, violencia que en los primeros intentos de desalojo del lugar incluyó brutales golpes y heridas con balines de goma antimotines, lo que viene siendo altamente cuestionado por organizaciones por de derechos humanos, y el propio Relator Especial de la ONU para los derechos indígenas, James Anaya.

El pasado 07 de septiembre de 2010, producto de una orden emanada del Juzgado de Garantía de Isla de Pascua y que facultaba -sin previa notificación de los denunciados- a que se entrara, registrara e incautara desde las instalaciones del Hotel ciertos equipos electrónicos potencialmente en riesgo de ser dañados por los llamados “ocupantes”, carabineros en conjunto con la policía de investigaciones ingresan al Hotel Hanga Roa, desalojando el lugar y tomando varios detenidos. El procedimiento se realizó con extrema violencia, ante la presencia de las familias y niños que allí se encontraban, lo que generó una serie de incidentes posteriores en las afueras del Tribunal de Isla Pascua y el intento de ocupación del antejardín de la casa en que actualmente reside el Juez Titular de Isla de Pascua.

Comisiòn

Este hecho motivó la presentación de una solicitud de medida cautelar ante la Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a nombre de gran parte de los clanes Rapa Nui, la que ingresó con el Nº MC- 321-10. Los ocupantes vuelven luego a hacer ingreso y ocupación del Hotel.

El 22 de octubre de 2010 el Ministerio del Interior anuncia el denominado Plan de Desarrollo de Isla de Pascua, anunciando una inversión de 131 mil millones de pesos. Plan que ha sido cuestionado por incorporar presupuestos ya comprometidos, como los 14.800 millones en ejecución para el Hospital de Hanga Roa y los 80 mil millones destinados a la conservación de la pista del aeropuerto; así como por la falta de consulta al Pueblo Rapa Nui de acuerdo a lo dispuesto en el Convenio 169 OIT.

Recién a fines de diciembre de 2010, se entrega un Resumen de Informe Final del trabajo de las mesas a algunas autoridades, pero no a la comunidad en general para su discusión. Lo que se suma a la falta de transparencia en el trabajo de las mesas, del cual, a excepción de la mesa de Tierras, no existen actas ni documentos oficiales. En cuanto a las propuestas entregadas por las mesas, ellas se refieren en gran medida a la necesidad de presentación de proyectos legislativos, como un estatuto migratorio, del cual se señalan solo sus lineamientos generales y sin haberlos consultados con el pueblo Rapa Nui. Este proceder que ha generado escepticismo en gran parte del pueblo Rapa Nui respecto a la disposición del gobierno de buscar soluciones reales para satisfacer sus demandas y en las que se considere su participación en todas las instancias.

En forma paralela a esta vía política por medio de las mesas de trabajo, el gobierno ha recurrido a la criminalización como forma de solución del conflicto, enviando primero 40 efectivos de carabineros de fuerzas especiales en el mes de octubre y luego otros 90 en diciembre, además de reforzar la dotación de la policía de investigaciones de la Isla. Por su parte el Ministerio Público designó un fiscal adjunto, específicamente para las causas penales derivadas de reivindicaciones territoriales.

Estos refuerzos a la autoridad de persecución penal y desmesurada presencia policial se han traducido en viarios hechos violentos y de abuso policial, destacando los desalojos de fechas 03 y 29 de diciembre, donde varios isleños resultaron heridos. A lo que se suman además de situaciones de restricción de derechos, como el asedio policial al clan Hitorangui, y controles policiales sistemáticos. Todas situaciones inéditas en Isla de Pascua, al menos desde la vigencia de la Ley Pascua (1966), y que han constituido un punto de quiebre en la relación entre el Estado y el Pueblo Rapa Nui.

El caso del Hotel Hanga Roa presenta la particularidad, frente al resto de las reivindicaciones de tierras ancestrales, de la contraposición a intereses particulares. Su posesión hoy día se encuentra inscrita a nombre de “Sociedad Hotelera Interamericana S.A.”, que en la actualidad pertenece a capitales alemanes y que tiene como antecedente la inscripción fiscal de 1933, luego replicada en 1967 a la creación del Conservador de Bienes Raíces de Isla de Pascua y en una serie de transferencias efectuadas en forma posterior, con infracción del estatuto jurídico que regula las tierras de Isla.

En agosto de 2010 la “Sociedad Hotelera Interamericana S.A.” interpone un Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en contra de la Intendencia de Valparaíso y de clan Hitorangui, para provocar el desalojo, el que fue desestimado por sentencia de 11 de noviembre de 2010, y luego ratificado por la Corte Suprema el 14 de enero de 2211, en razón de existir causas civiles y penales donde se discute el fondo.

Además se interponen denuncias y querellas por delitos de Usurpación no Violenta, Violación de Morada y Amenazas, todos acumulados en causa rol 306-2010. Causa que tenía audiencia de formalización en contra de 17 imputados miembros del clan Hitorangui, decretada para el día 13 de enero de 2011, la que fue suspendida y reagendada para este martes 08 de febrero de 2011. La suspensión se debió a que el juez designado, Jacobo Hey (secretario tribunal), luego de que la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogiese a tramitación una Recusación en contra de juez titular Bernardo Toro, se inhabilitara por íntima amistad con 3 imputados.

En forma previa la Fiscalía decretó orden de no permitir ingreso de personas al Hotel, en base a la proximidad de la audiencia, en virtud de la cual Carabineros hasta ayer en la madrugada asediaba a la familia Hito, permitiendo de manera restringida solo el ingreso de alimentos, y tomando registro y fotografías de quienes los entregan. Además la Fiscalía con fecha 14 de enero de decretó una orden de registro basada en el delito de usurpación en flagrancia, la que no se habría cumplido hasta la fecha y se discute su legalidad en atención a la utilización de la flagrancia como antecedente, transcurridos ya 5 meses de ocupación pacífica.

Por su parte, la defensa del clan Hitorangui habría solicitado el sobreseimiento definitivo de los miembros del clan en virtud de existir cuestiones civiles previas que discutir, lo que se ampara en la denuncia de la irregular transferencia y en una acción reivindicatoria interpuesta por el clan Hitorangui en contra del Hotel. Asimismo, en virtud de las órdenes de prohibición de entrada y registro, la defensa también solicita audiencia de cautela de garantías.

El 20 de enero de 2011 la Corte de Apelaciones de Valparaíso desestima la recusación del Juez Bernardo Toro y confirma su habilitación como Juez de Garantía para los imputados (17) de causa rol 306-2010. Sin embargo, acepta con igual fecha su solicitud de feriado legal a partir del 07 de enero de 211.

Por tanto, para la audiencia de este martes 08 desde el Juzgado de Garantía de Valparaíso se trasladará a la Isla la jueza Cristina Cabello, cuyas materias a discutir son: la cautela de garantías de los imputados; la solicitud de sobreseimiento en base a la existencia de cuestiones civiles previas; y la formalización de miembros clan Hito (17) que se encuentran ocupando Hotel Hanga Roa.

En este contexto, frente a la inminencia de la audiencia de formalización, control de garantías y sobreseimiento a efectuarse ante un juez absolutamente desvinculado del conflicto, Carabineros -en forma sorpresiva y ya transcurridos más de seis meses desde el inicio de las ocupaciones- recurre a sus facultades autónomas concedidas en los artículos 83° c) y 206° del Código Procesal Penal y a las 8:00 de la mañana de ayer irrumpe en el Hotel con cerca de 50 efectivos de fuerzas especiales y desaloja el Hotel por el delito de usurpación, tomando a dos mujeres detenidas (Marisol Hito y Angela Tuki) a las que luego se las deja en libertad, evitando así la correspondiente audiencia de control de detención donde hubiere quedado al descubierto la irregularidad de la medida, en virtud de lo extemporaneidad y la baja entidad del delito de usurpación no violenta, único delito que pudiere haberse estado cometiendo. Además, se prohibió la entrada al abogado de la familia, Oscar Vargas, a quien se lo forcejeó para sacarlo del lugar. Con posterioridad, fue también detenida Trinidad Ferra, por desórdenes públicos simples, quien solo se encontraba registrando fotográficamente el actuar de la policía.

Corresponde preguntarse ¿por qué las policías no utilizaron esta facultad en forma anterior? Se interpela tanto al Ministerio Público, como al Ministerio del Interior, entidad de la que depende Carabineros, por cuanto en este caso o bien existe responsabilidad por falta de servicio, por no hacer uso de una facultad legal por más de 6 meses o bien, frente a la inminencia de una posible resolución desfavorable y habiendo utilizado la vía judicial, de acuerdo a los procedimientos regulares pero sin encontrar los resultados esperados, el ejecutivo recurre al uso de la fuerza para poner término a este conflicto. Es decir, respeta el estado de derecho solo cuando éste sirve a sus intereses.

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