mardi 10 juillet 2012

¿Luchadores mapuche de rodillas? Sólo en el vídeo de Carabineros [CNN]


El parte policial no menciona que por el caso Las Praderas fueron juzgados y absueltos en Temuco en 2008, Héctor Llaitul –líder de la CAM-, Roberto Painemil (primo de Chachallao) y en 2010, Luis Tralcal, luego de largos años en prisión preventiva. Pero en 2012 Héctor Llaitul finalmente fue condenado mediante testimonios de testigos secretos en un controvertido juicio cuestionado por juristas y observadores internacionales de derechos humanos, pero avalado por la Corte Suprema.
¿Luchadores mapuche de rodillas? Sólo en el vídeo de Carabineros [CNN]
Por Lucía Sepúlveda Ruiz
Fuente: www.periodismosanador.blogspot.com

Ernesto Chachallao Painemil, detenido el 6 de julio de 2012 junto a otros dos comuneros mapuche en medio de un operativo de desalojo del fundo El Natre (comuna de Vilcún, región de la Araucanía), fue descrito por la policía como dirigente de la Coordinadora Arauco Malleco CAM, buscado desde 2006 por supuesto incendio a maquinaria de Forestal Mininco en el fundo Las Praderas (comuna de Cholchol).

CNN difundió un insólito vídeo filmado por carabineros (youtu.be/G-gH1WoM6Kc) que triunfalmente exhibe a los tres comuneros ¡arrodillados! mientras se allana la casa de Chachallao. Curiosamente los mismos policías preguntan en el vídeo a la madre de Chachallao “¿Dónde está Ernesto?”. Están en el lof Llamuco del ex fundo Santa Margarita. En ese fundo, hoy recuperado legalmente por la comunidad, cayó asesinado Matías Catrileo.

El parte policial no menciona que por el caso Las Praderas fueron juzgados y absueltos en Temuco en 2008, Héctor Llaitul –líder de la CAM-, Roberto Painemil (primo de Chachallao) y en 2010, Luis Tralcal, luego de largos años en prisión preventiva. Pero en 2012 Héctor Llaitul finalmente fue condenado mediante testimonios de testigos secretos en un controvertido juicio cuestionado por juristas y observadores internacionales de derechos humanos, pero avalado por la Corte Suprema. Llaitul cumple condena en la cárcel de Angol a 4 años por homicidio frustrado contra el fiscal Mario Elgueta, 10 años por robo con intimidación al colaborador de la policía, Santos Jorquera, más una condena anterior a 541 días por Ley de Seguridad Interior del Estado. En este y otros casos, la combinación de testigos secretos y pruebas fabricadas conforman verdaderos montajes o secuencias político-judiciales puestos en escena por la policía y sus diferentes órganos, orientados a forzar sentencias condenatorias y generar alarma pública.

Sin embargo, por primera vez la más alta autoridad de carabineros en la zona de la Araucanía, el General Ivan Bezmalinovic, ha sido demandado en la Fiscalía Militar de Angol por “presentar pruebas falsas y falso testimonio”. La acción legal fue interpuesta por el abogado Lorenzo Morales, por su responsabilidad en el asesinato del comunero Jaime Mendoza Collío perpetrado por un carabinero cuando el alto oficial era prefecto de Malleco. El entonces coronel declaró a los medios que el comunero había disparado contra la policía y mostró un chaleco antibalas y un casco con impactos de perdigones, pruebas desvirtuadas por la PDI.

Por otra parte, la decisión de la jueza Luz Arancibia Mena –objetada por el Ministerio Público- de revelar la identidad de los testigos secretos en la causa por hechos ocurridos en 2009 en el fundo Brasil (comuna de Vilcun) fue refrendada por la Corte Suprema en fallo unánime, a fines de junio de 2012. El fiscal regional Francisco Ljubetic designó días después a los fiscales jefes de Victoria, Héctor Leiva; Traiguén, Ricardo Gutiérrez; Purén, Jorge Mandiola y el fiscal jefe de Temuco, Alberto Chiffelle, como parte de un equipo especial que intentará lograr las esquivas condenas para hechos ocurridos posteriormente, bajo la dirección del fiscal jefe de Collipulli, Luis Chamorro, cuestionado por organismos de derechos humanos.

Al Ministerio Público le han salido en el camino algunos jueces y juezas dignos. El informe de Derechos Humanos 2012 dado a conocer recientemente por la Comisión Ética Contra la Tortura (Editorial Quimantú, Santiago, 2012) resalta este hecho en la sección subtitulada “Fiscales pro Ley Antiterrorista versus jueces dignos” del Capítulo titulado “Violencia de Estado en Contra del Pueblo Mapuche en Lucha". Entregamos un resumen de ello y del corolario, la absolución de 31 comuneros mapuche y 2 casos de aplicación de sentencias sin prisión efectiva, acorde a lo planteado por el Convenio 169.

Fiscal Miguel Angel Velásquez sancionado por desacato
En mayo de 2012, la Corte de Apelaciones de Temuco, confirmó la resolución de la Jueza de Garantía de Victoria, Evelyn Zelaya, que en un hecho inédito, excluyó al Ministerio Público (fiscal Miguel Angel Velásquez) del juicio oral en contra de nueve comuneros Mapuche, integrantes de la Comunidad Autónoma de Temucuicui y de la Comunidad José Guiñón.[1] Los comuneros no serán juzgados por los delitos “terroristas” de asociación ilícita, robo con intimidación e incendio en el caso del Peaje Quino (octubre de 2009). La noticia fue silenciada por la prensa oficial, que en otras ocasiones proporciona abundante información sobre la actuación de los fiscales y jueces en casos mapuche[2]. En la preparación del juicio en contra de los nueve procesados, la jueza Evelyn Zelaya había ordenado al fiscal Velásquez no rotular como terroristas esos delitos, a lo que el Fiscal se negó.

El fiscal Velásquez también perdió en el caso presentado contra los comuneros mapuche Luis Tralcal, Marco Millanao, Camilo Henríquez y Claudio Leiva por supuesto delito de amenazas contra el testigo protegido Raúl Castro Antipán. En julio de 2011, la jueza Marcia Castillo Monje, del Tribunal de Garantía de Temuco, absolvió a los acusados.

Un precedente del fallo de la jueza Zapata es la sentencia emitida en 2011 por la jueza subrogante de Victoria, señora Victoria Chacur, quien no aceptó los testigos sin rostro presentados por el mismo fiscal Miguel Angel Velásquez, en juicios a realizarse en Temuco y Lautaro, en que los comuneros eran acusados por delitos terroristas. Ese fallo confirmado por la Corte de Apelaciones de Temuco en mayo de 2011, ordenó al ministerio público dar a conocer los nombres de los 16 testigos que iba a presentar en los juicios.[3] Por ello el fiscal debió dejar de lado a su testigo “estrella”: una ex guerrillera colombiana de las FARC que decía haber reconocido a Daniel Trancal como participante en un entrenamiento.

El fiscal Luis Chamorro juez y parte en investigación

En abril de 2012 el fiscal regional de La Araucanía Francisco Ljubetic confirmó que el fiscal Luis Chamorro conduciría como Fiscal preferente la investigación relativa a los hechos sucedidos el 2 de abril de 2012 en la comunidad Wente Winkul Mapu durante un allanamiento que culminó con la muerte del carabinero Albornoz.[4]

Ante las declaraciones recogidas en terreno, y las contradictorias versiones de la policía y carabineros, organismos de Derechos Humanos solicitaron imparcialidad en la investigación por la muerte del Sargento Hugo Albornoz Albornoz. Los testimonios recogidos por ellos apuntan a que el deceso se produjo por ‘fuego amigo’, un disparo proveniente de otro grupo de Carabineros, cayendo mal herido en el patio de una de las viviendas allanadas y no en un camino público a 5 kilómetros de la comunidad ni en una emboscada como sostiene la versión oficial.

Derrota de fiscales Traipe, Schibar y Chifelle: caen los montajes

Otro hecho notable en el que se derrumbó un montaje de la Fiscalía, fue la absolución en enero de 2012, a siete jóvenes comuneros acusados de robar madera del fundo Poluco Pidenco de la Forestal Mininco. La defensa desbarató otro montaje más, en este caso del fiscal Ricardo Traipe. En mayo de 2012, otros siete adolescentes fueron absueltos.

El Tribunal Oral Penal de Angol que dictó la sentencia sobre robo de madera, el 4 de enero de 2012, estuvo integrado por los jueces Gonzalo Garay, Ximena Saldivia y Cecilia Subiabre. La acusación sólo señalaba que los comuneros tenían acopiada madera en sus casas, por lo que se presumía, sin pruebas, que ella era robada. Los comuneros falsamente acusados (Leonardo Lican Ñanco, Juan Pablo Lican Ñanco, Alexis Lican Ñanco, Marco Melinao Melinao, Cristian Leviano Melinao, Juan Bernardo Lican Melinao, Carlos Marin Marin) resultaron absueltos por unanimidad [5].

Son del sector Chequenco (comuna de Ercilla, Región de la Araucanía) y su comunidad -Wente Winkul Mapu- frecuentemente es allanada y vejada por fuerzas especiales.

El defensor Público Jaime López, comentando los resultados y la investigación previa, sostuvo que la justicia mostraba un cuidado excesivo respecto del derecho de propiedad de unos (la forestal) y “muy poco cuidado respecto al derecho de propiedad de otros”.[6]

Absueltos otros siete jóvenes

En mayo de 2012 otros siete comuneros del sector Chequenco –entre ellos un menor de edad- fueron absueltos de los cargos de incendio de un de transporte de obreros forestales en el sector Loloco, hecho ocurrido el 14 de julio 2010 y perseguido por el fiscal César Schibar. Se les detuvo en septiembre, y cinco de los acusados estuvieron 6 meses en prisión preventiva, varios de ellos también en huelga de hambre hasta fines de ese año. La carpeta acusatoria se mantenía en secreto para los defensores. En una demostración flagrante de la autonomía en que funcionan los servicios de seguridad en la zona mapuche, los testigos de la Sección de Investigación Policial de Carabineros SIP que declararon en el juicio, reconocieron que toda la información provenía de "fuentes cerradas" y que ni siquiera se la habían dado a conocer a la fiscalía.

Absolución de Mauricio Huaiquilao

La absolución de Mauricio Huaiquilao y Luis Tralcal significó una derrota para el fiscal Alberto Chiffelle. Para los imputados, además de la libertad, tuvo como resultado adicional recibir un monto de 7 millones de pesos (cada uno) en calidad de costes personales tras el juicio oral por delitos terroristas, tenencia ilegal de municiones, partes y piezas de explosivos y bombas, que les imputó el Ministerio Público. El abogado Nelson Miranda Urrutia, quien representó a Mauricio Huaiquilao en el juicio, sostuvo que la suma, siendo importante, no alcanza a compensar todo el daño causado, que incluye dos años de prisión y perjuicios en el entorno familiar.[7]

El seguimiento de casos de prisión mapuche realizado por la Comisión Etica Contra la Tortura en el período analizado, arroja como resultado 31 absoluciones (de junio 2011 a mayo 2012), pero no contamos con cifras exactas respecto del total de juicios orales realizados en este período y tampoco de los desistimientos por el ministerio público.

Sin embargo, de acuerdo al Informe Estadístico Anual 2011 de la Defensoría Penal Pública (www.dpp.cl) publicado el 27 de enero de 2012, entre 2006 y 2011, el total de imputados/as que ha estado en prisión preventiva se duplicó con creces, aumentando un 113,8 %, pasando de 275 a 588 personas el año pasado. Esta es una de las conclusiones preocupantes que arroja el Informe Estadístico Anual 2011 de la Defensoría Penal Pública[8]. No está desagregada la prisión preventiva sufrida por miembros del pueblo mapuche.

Las quejas de Hinzpeter

En abril de 2012 el ministro del interior Rodrigo Hinzpeter realizó una visita a la Araucanía debido a la muerte del sargento Hugo Albornoz en la comunidad Wente Winkul Mapu, del Lof Chequenco (que según la comunidad pudo deberse a un disparo de otro efectivo policial). Según Hinzpeter la Fiscalía y el asesor jurídico de la intendencia de Cautín, Alexander Schneider, ello se debe a fallas en el trabajo de la fiscalía y de la defensa. Schneider informó que desde el año 2008 se han interpuesto alrededor de 40 querellas contra quienes resulten responsables de diversos atentados ocurridos en la región. Sin embargo, a la fecha no había condenados. El abogado se refirió a cuatro casos emblemáticos. El único ya concluido, con la absolución de todos los imputados (Mauricio Waikilao y Luis Tralcal) era el ataque al Fundo Santa Rosa de Eduardo Luchsinger, y el asesor jurídico destacó como un logro que ellos estuvieron en prisión preventiva por dos años. Otro caso considerado clave es el atentado al Fundo Brasil (7 formalizados), en que la audiencia de preparación del juicio oral lleva ya nueve postergaciones. El tercer caso mencionado es el atentado al Fundo San Leandro (12 imputados) investigado por la fiscalía de Lautaro, en el cual tampoco hay fecha de juicio oral. Sólo en el caso del Peaje Quino, se inició la preparación del juicio oral. La información oficial de la Intendencia agregó que de las 40 querellas iniciadas, no más de cinco se concretaron y sólo tres personas estaban a la fecha en prisión preventiva. Las 35 querellas restantes están “en fase de investigación desformalizada”, es decir sin imputados.
Schneider consideró grave que en los 4 procesos emblemáticos la fiscalía no logró terminar los procesos pese a haber procesado por ley antiterrorista a los inculpados [9].

Fiscales y discriminación

Los fiscales del BioBio y la Araucanía discriminan cuando se trata de enjuiciar a un mapuche... Ello quedó en evidencia en enero de 2012. Dos adolescentes no mapuche detenidos y acusados de ocasionar incendios en Traiguén, no fueron enjuiciados por Ley de Seguridad Interior del Estado ni menos por Ley Antiterrorista. Según el diario La Tercera, el parte policial registra que a las 0:42 horas del lunes 09 de enero, los jóvenes de iniciales J.D.R.H y V.H.H.A., de 15 y 17 años, respectivamente, fueron sorprendidos iniciando fuego en el kilómetro 29 de la Ruta 86. La publicación Cambio21, informó que el gobernador de la provincia de Malleco, José Flores, actuó para que a los menores no se les aplicara la ley de Seguridad Interior del Estado, y el fiscal Ricardo Gutiérrez decretó arresto domiciliario nocturno, y firma mensual. El padre de uno de los jóvenes es simpatizante de Renovación Nacional. Entrevistado por ese medio, el periodista Pedro Cayuqueo, director de Azkintuwe y columnista en The Clinic, sostiene: "Hay una ley al norte del Biobío y una ley al sur del Biobío. Los mapuches no cuentan muchas veces con hijos o tíos jueces, o con amigos políticos entonces, están totalmente desprotegidos, o sea se les aplica duramente la ley y a los otros se les aplica la ley normal... hay un apartheid judicial que afecta a los mapuches".[10]

Prisión política mapuche y Convenio 169

En agosto de 2011 la Corte de Apelaciones de Temuco modificó un fallo contra un mapuche condenado por incendio [11], aplicando el convenio 169 de la OIT, facilitando así las condiciones para que cumpla la pena. El condenado ya había pasado cuatro meses en prisión preventiva. El recurso fue interpuesto por el jefe de la Defensoría Penal Mapuche, abogado Ricardo Cáceres Setien, a favor de Joel Paillama Reimán, condenado a cumplir 541 días de cárcel con el beneficio de reclusión nocturna. En un juicio abreviado seguido en el Juzgado de Garantía de Traiguén, Paillama fue condenado como autor del delito de incendio de un bosque. Su domicilio es la comunidad indígena Hueico, de Lumaco, por lo cual la pena impuesta le significaba viajar cada jornada a Traiguén, trasladándose más de 30 kilómetros diarios para cumplir con la reclusión nocturna, con un alto costo económico. La Corte acogió la petición respecto del artículo 10 N°1 del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales, que establece que “cuando se impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos, deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales”.

El defensor penal público consignó en su escrito que “a lo mejor, caminar 10 kilómetros en una carretera no es tanto… pero cruzar bosques, cerros y riscos podía transformarse en dos horas para recién llegar a Lumaco y tomar una micro que llevara a Paillama Reimán a Traiguén. Todos los días por un año y medio”. La resolución de la Corte establece que Joel Paillama deberá cumplir su condena de sábado a jueves de cada semana bajo la modalidad de arresto domiciliario nocturno, además de lo cual deberá concurrir los viernes de cada semana al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Traiguén.

Waikilaf Cadin Calfunao con sentencia modificada.

La Corte de Apelaciones, aplicando el Convenio 169 de la OIT, invalidó la sentencia de cuatro años y medio de presidio efectivo, dictada contra Waikilaf Cadin Calfunao, evitando su reclusión[12]. Aun cuando valoró la modificación de la sentencia, el abogado defensor, Lorenzo Morales continuará buscando la nulidad del juicio, basado en las irregularidades del proceso y considerando que las pruebas aportadas fueron un montaje[13]. La acusación fue por la supuesta instalación de dos bombas de ruido en un basurero al interior de un supermercado de la ciudad de Temuco en 2008 y posesión de material de carácter explosivo en su domicilio, en 2010.

A lo largo de este juicio se manifestaron innumerables contradicciones e inconsistencias entre los testigos, de la policía de investigaciones y peritos de Laboratorio de Carabineros LABOCAR y se desecharon pruebas de que el acusado no se encontraba en Temuco el día de los hechos. La acusación fue preparada por el fiscal Omar Mérida.

Lista de luchadores sociales mapuche absueltos tras juicio oral

Hay al menos 31 comuneros mapuche que han sido absueltos en juicios orales tras pasar períodos de prisión preventiva prolongados, o medidas cautelares posteriores a la modificación de la Ley Antiterrorista y la huelga de hambre del año 2010.

Siete jóvenes del sector Chequenco absueltos de robo de madera

1.- Leonardo Lican Ñanco (comunidad Wente Winkul Mapu) absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

2.- Juan Pablo Lican Ñanco (comunidad Wente Winkul Mapu). Absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

3.- Alexis Lican Ñanco (comunidad Wente Winkul Mapu), absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

4.- Marco Melinao Melinao (comunidad Wente Winkul Mapu), absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

5.- Cristian Levinao Melinao (comunidad Wente Winkul Mapu), absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

6.- Juan Bernardo Lican Melinao (comunidad Wente Winkul Mapu), absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

7.- Carlos Marin Marin (comunidad Wente Winkul Mapu), absuelto el 4 de enero por unanimidad, por el Tribunal Oral de Angol. La Forestal Mininco y la Fiscalía los habían acusado de robo de madera del fundo Polunco Pidenco en Malleco.

8.- Pascual Alejandro Pichún Collonao, comunicador (hijo del lonko Pascual Pichún, de la Comunidad Antonio Ñirripil de Temulemu, Traiguén). En septiembre de 2011 el tribunal aplicó la prescripción del delito por el cual se le acusaba y quedó en libertad. Fue detenido el 26 de febrero de 2010 en Temuco tras haber estado refugiado por siete años en La Plata, Argentina, donde estudiaba Periodismo. En mayo de 2010, a la condena que ya tenía pendiente por su refugio (5 años) se le sumaron 45 día adicionales y una multa. Su padre y su hermano permanecieron cinco años en prisión y su familia sufrió intensa persecución policial en estos años.

10.- Camilo Henríquez, Absuelto del delito de amenazas (en la cárcel) al testigo protegido de la fiscalía, Raúl Castro Antipán, en el juicio presidido el 27 de julio de 2011 por la jueza Marcia Castillo Monje del Tribunal de Garantía de Temuco. Acusó el fiscal Luis Arroyo.

11. Claudio Leiva. Absuelto del delito de amenazas (en la cárcel) a un testigo protegido, en el juicio presidido el 27 de julio de 2011 por la jueza Marcia Castillo Monje del Tribunal de Garantía de Temuco. Acusó el fiscal Luis Arroyo.

12.- Marco Millanao. Absuelto del delito de amenazas (en la cárcel) al testigo protegido de la fiscalía Raúl Castro Antipán, en el juicio presidido el 27 de julio de 2011 por la jueza Marcia Castillo Monje del Tribunal de Garantía de Temuco. Acusó el fiscal Luis Arroyo.

13.- Mauricio Huaiquilao Huaiquilao (Comunidad Yeupeko, Vilcún), absuelto de todos los cargos el 12 octubre de 2011 tras juicio oral en Temuco. Acusó el fiscal Alberto Chiffelle. Había sido detenido el 6 de febrero de 2009 acusado de quema de maquinarias agrícolas y cosecha en Lautaro (2005); incendio terrorista, incendio simple, homicidio frustrado y “amenaza terrorista” contra Eduardo Luchsinger (16 de agosto de 2008). Pasó 2 años y dos meses en prisión “preventiva”. Lideró la huelga de hambre de presos políticos mapuche de la Cárcel de Temuco en 2010.

El tribunal desechó considerar los delitos como terroristas y no validó las declaraciones de los testigos protegidos de la fiscalía. Huaiquilao es autor de “Bitácora Guerrillera” (Pehuén 2011), libro de poemas escrito en prisión.

14.- Luis Tralcal Quidel (Comunidad Mariano Lleubul, sector Yeupeko). Absuelto el 12 octubre de 2011 de cargos de ataque a tres camiones y un bus en el Bypass de Temuco tras juicio oral en Temuco. Acusó el fiscal Alberto Chiffelle. Absuelto con anterioridad, el 27 de julio de 2011, del delito de amenazas al testigo protegido de la fiscalía Raúl Castro Antipán, en el juicio presidido por la jueza Marcia Castillo Monje, del Tribunal de Garantía de Temuco. Detenido el 5 de Agosto de 2009. Pasó 1 año y seis meses en prisión preventiva.

15.- Carlos Curamil Millanao. En marzo de 2012 el tribunal de Angol integrado por los jueces Oscar Viñuela (presidente), Luis Torres y Cecilia Subiabre absolvió a un grupo de comuneros de Temucuicui luego de repetir el juicio realizado en julio de 2011 a los acusados de homicidio simple de Francisco Curamil Levicua, miembro de esa comunidad. No se acreditó su culpabilidad porque el tribunal no aceptó que ello fuera probado por testigos sin rostro aportados por la Fiscalía que planteó la teoría de la “conspiración”. Los imputados pasaron 8 meses en prisión.

16.- Carlos Quidel Queipul (Temucuicui) Idem caso Carlos Curamil.

17.- Julio Cayhuan Nahuelpi (Temucuicui) Idem caso Carlos Curamil.

18.- Pedro Juan Quidel Queipul (Temucuicui) Idem caso Carlos Curamil.

19.- José Queipul Quidel (Temucuicui) Idem caso Carlos Curamil.

20.- Juan Huenchullán Cayul, comunero de Temucuicui: El 26 de marzo de 2012 fue sobreseído definitivamente del delito de robo con intimidación por la jueza Evelyn Zapata, en Victoria. Había sido dejado en libertad sin medidas cautelares el 9 de diciembre de 2011 por la Corte de Apelaciones de Temuco -integrada por los magistrados Luis Troncoso (presidente), María Elena Llanos y Julio César Grandón- que confirmó su libertad dispuesta por la jueza citada. A Huenchullán Cayul se le imputaban los delitos de asociación ilícita terrorista, homicidio frustrado, robo con intimidación e incendio terrorista, en la causa denominada “Peaje Quino”, pero la Fiscalía sólo contaba con un testigo sin rostro para justificar su detención. Juan Huenchullan se presentó voluntariamente al Tribunal en noviembre de 2011, por existir orden de detención en su contra.

21.- Felipe Huenchullán, comunero de Temucuicui, fue sobreseído definitivamente del delito de robo con intimidación por la jueza Evelyn Zelaya el 26 de marzo de 2012, y debe esperar el juicio para los otros delitos de los que se le acusa en la causa Peaje Quino.

22.- José Millanao (comunidad José Guiñón) fue sobreseído definitivamente por la jueza Evelyn Zelaya del delito de robo con intimidación el 26 de marzo de 2012, y debe esperar el juicio para los otros delitos de los que se le acusa en la causa Peaje Quino.

23.- Jorge Marimán (comunidad José Guiñon, hijo del lonko José Cariqueo y la machi Adriana Loncomilla), detenido el 29 de diciembre de 2009, fue sobreseído definitivamente por la jueza Evelyn Zelaya el 26 de marzo de 2012 del delito de robo con intimidación, y debe esperar el juicio para los otros delitos “terroristas” de los que se le acusa.

24.- Luis Miranda, comunero huilliche de Chonchi (Chiloé). Absuelto por el tribunal oral de Castro integrado por los magistrados Loreto Yáñez, Juan Pablo Peña y José Bustos. El fiscal Christian Allen lo acusaba como autor de hurto simple en un supuesto caso se extracción de cinco mil pulgadas de madera que habría afectado a los propietarios del fundo Nahuiltad, ubicado en la comuna de Chonchi, entre junio de 2007 y enero de 2010. La defensa probó que el acusado había extraído leña para su consumo desde terrenos reclamados por su comunidad ante la Comisión Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi), y en ningún caso desde el fundo de los denunciantes. El tribunal consideró las pruebas de cargo analizadas como inconexas, circunstanciales e insuficientes para destruir la presunción de inocencia y condenó al Ministerio Público a a pagar las costas de la causa.

Los siete absueltos en incendio de transporte de forestal Mininco (entre ellos un menor).

25.- Jacinto Marín Marín, absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido.

26.- Luis Marin Marín, absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido.

27.- Sergio Licán Levio, absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido. Había sido detenido el 15 de septiembre de 2010 en su comunidad, Rayen Mapu (de Chequenco). Participó en la huelga de hambre contra la Ley Antiterrorista llevada adelante por los presos políticos mapuche en la Cárcel de Temuco.

28.- Carlos Marín Marín absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido.

29.- Cristián Levinao Melinao, absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido. Había sido detenido el 15 de septiembre de 2010 en su comunidad, Rayen Mapu (de Chequenco). Participó en la huelga de hambre contra la Ley Antiterrorista llevada adelante por los presos políticos mapuche en la Cárcel de Temuco.

30.- Hugo Melinao Licán, absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido. Había sido detenido el 15 de septiembre de 2010 en su comunidad, Rayen Mapu (de Chequenco). Participó en la huelga de hambre contra la Ley Antiterrorista llevada adelante por los presos políticos mapuche en la Cárcel de Temuco.

31.- Pedro Quijón Pereira, absuelto el 12 de mayo de 2012 en juicio oral, de la acusación de incendio a un bus de transporte de servicio a forestal Mininco en el sector Los Lolocos (14 de julio de 2010), que se sustentaba en declaraciones de un testigo protegido.

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