lundi 5 décembre 2011
Entregan informe Sobre la Situación de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas en la Argentina
Diversas organizaciones dedicadas a la defensa y protección de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas en Argentina entregaron un amplio informe al Relator de la ONU sobre Pueblos Indígenas James Anaya, con relación a su visita oficial al país que tiene lugar entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre de 2011. Señalan: “Esperamos que estos aportes le resulte una herramienta útil de trabajo, le permita evaluar los niveles de postergación de los derechos indígenas en Argentina y que contribuya a mejorar su situación”.
INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS EN ARGENTINA: LA AGENDA PENDIENTE
PARA EL RELATOR DE PUEBLOS INDÍGENAS JAMES ANAYA
DICIEMBRE 2011
Estimado James Anaya:
Las organizaciones firmantes, dedicadas a la defensa y protección de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas en Argentina nos dirigimos a Uds. en relación con su visita oficial al país que tiene lugar entre el 27 de noviembre y el 7 de diciembre de 2011. Esperamos que estos aportes le resulte una herramienta útil de trabajo, le permita evaluar los niveles de postergación de los derechos indígenas en Argentina y que contribuya a mejorar su situación.
Atentamente,
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas (ODHPI)
Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ)
Centro de Políticas Públicas para el Socialismo (CEPPAS) Grupo de Apoyo Jurídico para el Acceso a la Tierra (GAJAT)
Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES)
Equipo Patagónico de Abogados y Abogadas en Derechos Humanos y Estudios Sociales (EPHADES)
Secretaría con relación de Pueblos Originarios de la CTA
Equipo Nacional de Pastoral Aborigen (ENDEPA)
Movimiento de Profesionales para los Pueblos (MPP)
Organización de Comunidades de Pueblos Originarios (ORCOPO)
Comisión de Juristas Indígenas en la Rep. Argentina (CJIRA)
Comisión Provincial por la Memoria
Fundación para el Desarrollo en Justicia y Paz (FUNDAPAZ)
Defensoría General de la Nación
CATEDRA LIBRE DE PUEBLOS ORIGINARIOS-UNPSJB
Comisión de Pueblos Originario e Inmigraciones de la Secretaría de Extensión de la Facultad de Trabajo Social de la UNLP
Comisión de Derechos de los Pueblos Originarios y neoconstitucionalismo de la UBA
Asociación de Abogados de Derechos Indígena (AADI)
I. SÍNTESIS DE LOS PROBLEMAS QUE SE DENUNCIAN
En nuestro país, los pueblos indígenas padecen consecuencias de injusticias históricas: la colonización, el despojo de sus tierras y territorios de ocupación tradicional y la falta de control para ordenar sus prioridades de desarrollo.
Si bien en nuestro ordenamiento jurídico existen normas que garantizan una serie de derechos colectivos fundamentales para la supervivencia de los pueblos indígenas como tales, no se han visto reflejados en un cambio sustantivo en las condiciones de vida de los pueblos indígenas.
Nuestro país reconoce el derecho de estos pueblos a la propiedad y posesión de sus tierras de ocupación tradicional, pero no ha adoptado medidas eficaces para delimitar y otorgar títulos de propiedad comunitaria sobre estas tierras. Tampoco ha adoptado procedimientos adecuados para solucionar las reivindicaciones de tierras efectuadas por los pueblos indígenas.
Si bien la 26.160 que declara la emergencia de las tierras ocupadas por comunidades indígenas, establece la realización de un relevamiento de estas tierras, no fija procedimientos para la delimitación y adjudicación de títulos de propiedad comunitaria. Tampoco dispone medidas para solucionar los eventuales conflictos que pudieran suscitarse entre comunidades, con terceros o el propio Estado alrededor de esas tierras. A pesar de la vigencia de la ley, en muchas ocasiones los desalojos continúan sucediendo y, en múltiples casos, los reclamos por el cumplimiento de sus derechos han sido objeto de serias respuestas violentas estatales que incluyen la criminalización de la protesta, represión y asesinatos por parte de las fuerzas de seguridad.
Todo esto sucede en un marco institucional de exclusión política que se refleja en todas las temáticas. Si bien la reforma constitucional y de la adopción de tratados internacionales por la Argentina la inscriben en un nuevo paradigma de emancipación de los Pueblos, en la práctica rige todavía el paradigma de la asimilación y sometimiento. Los pueblos indígenas siguen subordinados a las formas y prácticas neocoloniales. La participación en las decisiones de gobierno que les atañen es sumamente restringida y tratada como una cuestión meramente asistencial.
La máxima autoridad nacional en materia indígena es el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), dependiente jerárquicamente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que designa a su Presidente. Desde su creación, nunca el Presidente ha sido indígena ni elegido por indígenas.
El alto grado de falta de implementación e inejecución de normas que se expondrá no es casual: está directamente relacionado con la falta de participación de los pueblos indígenas en el gobierno. El Estado argentino no ha dado lugar a la participación real de los Pueblos y garantizar el respeto a su integridad (art. 2.1 C. 169 OIT), lo que se traduce en el irrespeto por sus valores, prácticos e instituciones (art. 5 C. 169 OIT), anulando así toda posibilidad para que ejerzan su derecho a la libre determinación y autonomía.
En la República Argentina, las decisiones fundamentales de gobierno que interesan a los indígenas las diseñan, programan, presupuestan, aprueban y ejecutan los no indígenas sin consulta ni participación previa libre ni informada de los pueblos indígenas. El Consejo de Participación Indígena, es un órgano creado por el gobierno nacional que carece de autonomía y de presupuesto propio. Sus decisiones no son vinculantes ni tenidas en cuenta por el Estado que no lo convoca en la gran mayoría de las cuestiones que afectan intereses indígenas.
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