lundi 2 avril 2012

CHILOE: Comunidades logran detener imposicion de Proyecto energetico eolico


Gracias al fallo de la Corte Suprema que acogió favorablemente el recurso de protección interpuesto por una comunidad de Ancud, el megaproyecto deberá someterse a un Estudio de Impacto Ambiental con la participación de las comunidades indígenas de acuerdo al convenio 169 de la OIT.

Por Scarlett Barra Rivera

Revista El Chucao /

Un gran logro para los pueblos indígenas de nuestro país fue la resolución de la Corte Suprema que acogió el Recurso de Protección presentado por la comunidad Antu Lafquen, de Huentetique, frente al proceso de evaluación ambiental del Parque Eólico Chiloé.

En su fallo la corte resolvió que el proyecto eólico de la empresa chileno-sueca EcoPower, deberá someterse a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) con la participación ciudadana de la comunidad, de acuerdo al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

La noticia no dejó de causar alegría entre el grupo de organizaciones ciudadanas y comunidades del sector en cuestión, que trabajaron por más de 2 años denunciando los posibles impactos de la instalación de este proyecto en el territorio.

“Esta resolución marca un hito judicial respecto al reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas de nuestro país, ya que por primera vez la Corte Suprema consagra los derechos a las comunidades huilliches en demandas medioambientales, territoriales y de respeto a su cultura, amparadas en el Convenio 169 de la OIT”, manifestaron en una declaración pública las organizaciones ciudadanas y comunidades aledañas al sector Quilo Mar Brava.

Demandas y fallo

La principal demanda de este grupo de organizaciones, compuesto por comunidades indígenas, sindicatos, ONGs y agrupaciones de la sociedad civil, apuntó en todo momento a la necesidad de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para este megaproyecto.

Esta demanda fue expuesta por las comunidades al Intendente de Los Lagos, Juan Montes. Sin embrago, sus argumentos no vieron frutos el día en que se sometió a votación el megaproyecto, donde Montes de todas formas le dio el visto bueno.

Ante esta situación el fallo de la Corte Suprema señala que el ente evaluador COREMA, presidida por el intendente Montes, actuó de manera arbitraria al permitir que este proceso siga adelante, no haciendo la consulta a la comunidad indígena de acuerdo al Convenio 169 de la OIT, y sin tomar en cuenta que serian vulnerados en su componente ambiental, social e histórico por los sitios arqueológicos, situación que no fue respetada ni puesta en relevancia dentro del proceso de calificación ambiental.

“Queremos hacer un fuerte llamado público a nuestras autoridades, desde el municipio a las diferentes Seremias y el Intendente regional, a revisar su accionar, en cuanto a que este hecho deja en evidencia la negligencia de estos y los diferentes servicios públicos (CONADI, SAG, SUBPESCA, entre otras) que han hecho oídos sordos en las reiteradas demandas de participación ciudadana”, señala la declaración pública.

Además en la misiva exigen explicaciones a quienes obviaron el Convenio 169, “hoy sentimos que han actuado de manera irresponsable, esta resolución así lo demuestra, y exigimos que estos y los parlamentarios que no nos han representado y se han limitado a bajar el perfil a nuestra demanda den una explicación pública de su accionar”.

Por su parte, Gicella Saldivia, vocera de las organizaciones del territorio, destacó el fallo de la Corte Suprema refiriéndose a la ineficiencia del Sistema de Evaluación Ambiental, ante lo cual manifestó que era el mismo Servicio quien debió solicitar inmediatamente, como lo dice la ley, un EIA, al evidenciarse la existencia de sitios arqueológicos, “si llegamos a esto y hemos hecho el proceso más largo, es única y exclusivamente porque los servicios no cumplen sus roles a cabalidad y creen que es un asunto meramente de tratar con las empresas, dejando a la comunidad de lado y negando la posibilidad de participar”, argumentó.

Además señaló que luego de este fallo las organizaciones seguirán trabajando, “en descubrir los valores y lo que significa nuestro territorio para que el tipo de desarrollo que queremos sea decidido conjuntamente y así al momento en que la empresa presente su Estudio de Impacto Ambiental estemos preparados y las organizaciones tengan la capacidad de participar de este proceso”.

Características del megaproyecto eólico

Cabe señalar que el proyecto Parque Eólico Chiloé, es un megaproyecto de US$235 millones de dólares de inversión que se pretende instalar en el sector Quilo-Mar Brava de la comuna de Ancud. Este contempla la instalación de 56 aerogeneradores de 128 metros de altura aproximadamente y de 2 MW de potencia cada uno, en una superficie de 1.000 hectáreas, por un periodo de 25 años de vida útil.

Mediante la generación de energía eólica (producida por viento), la operación de este parque pretende generar 112 MW de energía eléctrica para el Sistema Interconectado Central (SIC).

A pesar de la magnitud del proyecto, la empresa Ecopower presentó una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para su evaluación en el Servicio de Evaluación Ambiental. Esta situación fue cuestionada por organizaciones de la comuna y comunidades aledañas al sector, donde se pretende instalar el megaproyecto, por las inconsistencias y carencias técnicas de esta DIA.

*************

Revisa el Fallo de la Corte Suprema sobre el Parque Eólico Chiloé

Fallo Corte Suprema Parque Eolico Chiloe /

Revisa la declaración Pública de las Organizaciones Sociales que se oponen al proyecto / Declaración Publica /

Más información sobre este proyecto en Parqué Eólico Chiloé /

Aucun commentaire: