jeudi 11 juillet 2013

Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de amparo en favor de niños mapuche violentados por la PDI

Sentencia instruye a la Policía de Investigaciones de Chile que en futuras diligencias de investigación en que se pueda afectar a los niños indígenas se ejecuten con estricto respeto a lo dispuesto en el artículo 214 del Código Procesal Penal./ La acción judicial fue presentada por la abogada María del Rosario Salamanca, de la Defensoría Penal Pública Mapuche de Temuco.
Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de amparo en favor de niños mapuche violentados por la PDI

Foto: Felipe Duran

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Texto - Por Elías Paillan
Observatorio Ciudadano

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió este sábado 6 de julio un recurso de amparo en favor de menores de edad mapuche de las comunidades Trapilwe y Mawidanche, del sector Quepe, de la comuna de Freire, interpuesto en contra de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) a raíz de un procedimiento desarrollado el pasado 30 de abril en la zona.



Ese día, en horas de la madrugada, personal de la PDI realizó un allanamiento generalizado a las comunidades mencionadas, con gran despliegue de efectivos, vehículos, sobrevuelo en helicópteros institucionales, intimidando y causando pánico en los niños que dormían en sus hogares junto a sus familias, quienes fueron despertados violentamente.



El recurso recoge testimonios de un total de 12 personas, adultos y niños, en los que se relatan pormenores la diligencia practicada y de los excesos cometidos por el personal policial durante el desarrollo de la misma consistentes, fundamentalmente, en malos tratamientos de palabra a los habitantes de los Lof, amenazas proferidas y exigencia de entrega de armas.



Los afectados por el allanamiento debieron permanecer largo tiempo esposados frente al resto de sus familias, mientras los afectivos registraban el interior de los hogares, incautando diversas especies y manipulando a los menores de edad para obtener información, a quienes se les ofrecían golosinas e incluso las linternas que usaban a cambio de que dijeran “dónde se encontraban ocultas las armas” supuestamente existentes en manos de miembros de las comunidades, en un claro atentando a la dignidad e integridad de niñas y niños mapuche.



La acción legal fue presentada por la abogada María del Rosario Salamanca, de la Defensoría Penal Pública Mapuche de Temuco, a favor de los menores de edad de iniciales AEPA, ACM, EAPA, SML, JML, SFL, DAC, RSL, CAC, RNN, JAPL y JH, así como de Verónica Coliman, de 24 años de edad y con 6 meses de embarazo, incluyendo el amparo a este niño que está por nacer. El recurso considera, además, a las personas afectadas cuyas viviendas fueron allanadas sin orden judicial: Hugo CayumanMalleo y su grupo familiar, Emelina Huenchulaf Coñoman, Roberto MarivilMarivil y Braulio Yefilaf Montoya.



Sentencia



La sentencia de la segunda sala señala que “el despliegue de fuerza realizado por la Policía de Investigaciones confrontado con el objetivo a satisfacer (la detención de tres personas y la ubicación de armas) y el pobre resultado (sólo se ubicó un arma de fuego) y, lo que resulta decisivo para esta Corte, la presencia de gran cantidad de niños y niñas indígenas en el lugar en el que se desarrolló la diligencia de investigación permiten a esta Corte concluir que se ha vulnerado y existe riesgo de nuevas vulneraciones a los derechos a la libertad personal y a la seguridad individual de los recurridos”.



Agrega que “por estos fundamentos y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República […] se acoge el recurso de amparo preventivo deducido por los recurrentes en esta causa, únicamente en cuanto se instruye a la Policía de Investigaciones de Chile que las futuras diligencias de investigación que afecten a los menores indígenas por los que se recurre se ejecuten con estricto respeto a lo dispuesto en el artículo 214 del Código Procesal Penal”.



Pronunciamiento de la Defensoría Penal Mapuche



Para la abogada defensora penal mapuche María del Rosario Salamanca, quien interpuso el recurso de amparo a favor de las víctimas de este allanamiento sin orden judicial, señaló que “la defensoría penal pública expuso la situación tal y como los niños la relataron, dada la situación de hecho puesta en evidencia a través del relato de los niños, y la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco estimó que había vulneración de la integridad personal y seguridad individual de estos niños y en virtud de estas consideraciones acogió el recurso”.



Salamanca destacó la relevancia del fallo emitido por la Corte, pues concluye “que se ha vulnerado y que existe un riego de futuras vulneraciones a los derechos de los niños y niñas indígenas, destaca además que de conformidad con el Derecho Internacional los menores indígenas merecen doble especial tutela por parte del Estado de Chile, en su calidad de menores y de indígenas”, agregó.

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