mardi 12 mars 2013

Organizaciones sociales solicitan al Congreso detener proyecto de ley que modifica y extiende DL 701


Al mismo tiempo, organizaciones de pueblos originarios insisten en que no han sido consultadas de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y el derecho internacional, señalando que no existió consulta previa y que no hay balance socio-ambiental, ni restitución se sitios sagrados, ni la consideración de un nuevo enfoque indígena.
Organizaciones sociales solicitan al Congreso detener proyecto de ley que modifica y extiende DL 701

CARTA ABIERTA A DIPUTADAS Y DIPUTADOS
DE LA REPÚBLICA DE CHILE SOBRE EL PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA Y EXTIENDE EN 20 AÑOS EL D.L. N° 701

Marzo de 2013
Honorable Diputada(o)
Cámara de Diputados
República de Chile
Presente
De nuestra mayor consideración:

Junto con saludarla(lo), y por intermedio de la presente carta, representantes de comunidades rurales y pueblos originarios, organizaciones gremiales, ambientales y académicos abajo firmantes, nos dirigimos a usted para solicitar respetuosamente que rechace la idea de legislar sobre el Proyecto de Ley que modifica y extiende por 20 años el D.L. N° 701 de 1974, que fue ingresado al Honorable Congreso Nacional el 02 de octubre de 2012, boletín N° 8603-01.

Consideramos que el proyecto no ha tenido la debida participación ciudadana que permita formular una Ley de Fomento Forestal acorde al siglo XXI. El gobierno insiste en convencer a los honorables parlamentarios en promulgar un proyecto que mantiene las actuales desigualdades en los beneficiarios, la centralización de los recursos económicos en unas pocas empresas y la disminución de los índices de desarrollo humano en las localidades y comunas más pobres donde la industria forestal ha logrado desarrollarse desde 1974. De mantenerse esta ley tal como está, se seguirá impulsando el establecimiento de monocultivos forestales exóticos y la industria forestal, porque el proyecto permite que terceros puedan cofinanciar al beneficiario (art. 12°) y que el beneficiario de las bonificaciones contempladas en la ley pueda transferirse a terceros mediante instrumento público o privado autorizado ante notario (art. 15°). Además, se continuará con el impacto negativo en la cantidad y calidad de las aguas, en la pérdida de fertilidad del suelo, biodiversidad, y la cultura y el territorio de las comunidades rurales y pueblos originarios que actualmente viven rodeados de plantaciones, trayendo consigo problemas para el abastecimiento de agua para sus actividades productivas y consumo humano. Este proyecto no acoge en la ley normas de protección ambiental, no realiza un cambio sustancial a la gestión o modernización de los planes de manejo, no establece una asistencia directa y permanente a pequeños propietarios forestales y no tiene relación con los principios y fundamentos del mensaje presidencial del proyecto respecto a disminuir la desertificación, regular la disponibilidad de recursos hídricos protegiendo las cuencas y cauces, y aportando a la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Al mismo tiempo, organizaciones de pueblos originarios insisten en que no han sido consultadas de acuerdo al Convenio 169 de la OIT y el derecho internacional, señalando que no existió consulta previa y que no hay balance socio-ambiental, ni restitución se sitios sagrados, ni la consideración de un nuevo enfoque indígena. Por otro lado, representantes de comunidades rurales e indígenas han declarado que los futuros incentivos al manejo de bosque nativo y plantaciones forestales deben ser exclusivos y directos para pequeños y medianos propietarios forestales a fin de potenciar y diversificar la economía rural local, con énfasis en las especies nativas; y no a través de fondos concursables, instrumento utilizado en la ley de bosque nativo con un bajísimo impacto.

Finalmente, el proyecto depende de la promulgación del Proyecto de Ley que crea el Servicio Nacional Forestal (CONAF pública), debido a que el Tribunal Constitucional (con fecha 2 de Julio del 2008), exhorta al Presidente de la República a que “regularice la naturaleza jurídica de la CONAF, procediendo a la dictación del decreto supremo a que se refiere el artículo 19 de la ley Nº 18.348, publicada el año 1984, o empleando otro medio constitucionalmente idóneo que el Gobierno estime adecuado”.

Por lo anteriormente expuesto, reiteramos nuestra solicitud de no legislar sobre el actual proyecto, y promover el espacio de reflexión con tal de generar un instrumento que represente verdaderamente los intereses de los pequeños y medianos propietarios forestales, con especial énfasis en la recuperación y protección del suelo y el agua. Contribuiremos así a recuperar la salud ambiental y el equilibrio social que han sido impactados por el despoblamiento y migración de vastos sectores rurales y la sustitución y degradación del bosque nativo, cultura, actividades agrícolas, turísticas, pequeña actividad maderera y otras.

Esperando una buena acogida, saluda atentamente,

LISTA DE COMUNIDADES, ORGANIZACIONES E INSTITUCIONES QUE SUSCRIBEN:

1. AGRUPACIÓN DE INGENIEROS FORESTALES POR EL BOSQUE NATIVO – AIFBN.
2. AGRUPACIÓN ECOLÓGICA EDUCATIVA Y CULTURAL RUKARELMU.
3. AGRUPACIÓN NOCTAMBULA, LANCO.
4. AGRUPACIÓN SALVEMOS EL RÍO SAN PEDRO, LOS LAGOS.
5. AGRUPACIÓN SOCIAL ARTE CREA, LA UNIÓN.
6. ASOCIACIÓN COMUNAL MAPUCHE DE LONCOCHE.
7. ASOCIACIÓN GREMIAL BOSQUE NATIVO ÑUBLE.
8. ASOCIACIÓN GREMIAL DE INICIATIVAS DE CONSERVACIÓN EN ÁREAS PRIVADAS Y TERRITORIOS DE PUEBLOS ORIGINARIOS.
9. ASOCIACIÓN INDÍGENA KALFULIKAN, LANCO.
10. CENTRO CULTURAL KURAF WERKEN.
11. CENTRO DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA FORESTAL, UNIVERSIDAD DE CHILE.
12. COMISIÓN AGUA VIDA – VICARIATO APOSTÓLICO DE AYSÉN.
13. COMITÉ NACIONAL PRO DEFENSA DE LA FAUNA Y FLORA – CODEFF.
14. COMUNIDAD INDÍGENA QUEMCHUE. COMUNA DE LANCO.
15. COMUNIDAD INDÍGENA DE MASHUE, LA UNIÓN.
16. COMUNIDAD INDÍGENA DE PILPILCAHUIN, LA UNIÓN.
17. COMUNIDAD INDÍGENA NEHUENTUE, LA UNIÓN.
18. COMUNIDAD INDÍGENA DE CURACO, LA UNIÓN.
19. COMUNIDAD INDÍGENA DE HUENUE, LA UNIÓN.
20. COMUNIDAD INDÍGENA DE HUILLINCO, LA UNIÓN.
21. COMUNIDAD INDÍGENA DE LLANCACURA ALTO, LA UNIÓN.
22. COMUNIDAD INDÍGENA DE LLAQUITO, LA UNIÓN.
23. COMUNIDAD INDÍGENA DE SILBERIO NAIPALLN DE CUNCO MUCUN, LA UNION.
24. COMUNIDAD INDÍGENA DE HUENCHUPAN, LA UNIÓN.
25. CORPORACIÓN PRIVADA PARA EL DESARROLLO DE AYSÉN.
26. CHILE AMBIENTE.
27. DEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL DEL OBISPADO DE TEMUCO – DAS.
28. DIARIO ELECTRÓNICO UNIÓN DEL RANCO, LA UNIÓN.
29. ECOSISTEMAS.
30. ÉTICA EN LOS BOSQUES.
31. FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES UNIVERSIDAD DE LA SERENA - FEULS.
32. FUNDACIÓN CENTRO DE LOS BOSQUES NATIVOS FORECOS.
33. FUNDACIÓN SENDA DARWIN.
34. FUNDACIÓN TERRAM.
35. GRUPO ECOLOGICO ALTUE.
36. LOF CHOSDOY, LANCO.
37. NAHUELBUTA NATURAL.
38. OBSERVATORIO CIUDADANO.
39. OBSERVATORIO CIUDADANO PARLAMENTARIO.
40. ORGANIZACIÓN MAPUCHE LAKUTUN.
41. RADIO COMUNITARIA QUIMCHE MAPU, LANCO.
42. RADIO COMUNITARIA MALALHUE, LANCO.
43. RED AGRA.
44. RED DE PEQUEÑOS PROPIETARIOS DE LA ARAUCANÍA.
45. UNIÓN COMUNAL DE COMITÉS MADEREROS LOS MUERMOS.
46. WWF Chile.

LISTA DE PERSONAS NATURALES QUE SUSCRIBEN: 1. Augusto Nahuelpan, Ñizol Longko del Pikunwijimapu, Región de los Ríos.
2. Cornelio Compayante, Encargado Asuntos Indígenas de Lanco.
3. Francisco Bascur Tapia, director radio FM Pulso, Lanco.
4. José Aravena, Concejal Paillaco.
5. Juan Huanquil, Encargado unidad de medio ambiente, Lanco.
6. Juan Rocha, Concejal Lanco.
7. Juan Santana, Concejal Lanco.
8. Luis Infanti De la Mora, Obispo de Aysén.
9. María Luisa Vargas, Concejala Lanco.
10. Piergiorgio Di Giminiani, Antropólogo, Pontificia Universidad Católica de Chile.

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