El máximo tribunal del país decidió confirmar la decisión de la Corte de Apelaciones que determinó que la prisión preventiva era una medida cautelar “excesiva” para el imputado.
Por radio.uchile.cl
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala de la Corte Suprema, Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Alfredo Pfeiffer (suplente) y el abogado integrante Jorge Baraona, ratificaron la resolución de la Corte de Apelaciones de Concepción que, el 11 de marzo pasado, acogió la acción cautelar en favor de Berkhoff Jerez, y que reemplazó la medida cautelar de prisión preventiva por la de arresto domiciliario total.
La determinación del máximo tribunal del país acogió el mismo razonamiento del tribunal de alzada, que considero que las eventuales penas que arriesga el imputado no son privativas de libertad, por lo que la prisión preventiva resultaba desproporcionada.
La resolución se adoptó, en todo caso, con los votos en contra del ministro Pfeiffer y del abogado integrante Baraona, quienes estuvieron por revocar la resolución apelada y rechazar el recurso de amparo, argumentado que el Juez de Garantía de Cañete actuó dentro del marco de sus atribuciones legales, al mantener la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al imputado.
Emilio Berkhoff está imputado por los delitos de porte ilegal de arma de fuego en Cañete y maltrato de obra a Carabineros, en Temuco.
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