mardi 3 décembre 2013

Autoridades ancestrales, organizaciones y comunidades de los Pueblos indígenas en Chile señalan que reglamento consulta es ilegítimo y no lo reconocen

El nuevo reglamento de consulta indígena es “ilegitimo y no lo reconocemos como instrumento para la consulta previa libre e informada”, señalan autoridades ancestrales y organizaciones  de los Pueblos indígenas Aymara- Quechua-Lickan antay- Diaguita- Colla-Rapa Nui- Mapuche-Kawésqar- Yagan. “El Estado de Chile a toda costa ha impedido el fiel cumplimiento del convenio 169, empeñándose en aplicarlo de modo torcido, dando la apariencia de “buena Fe”, con interpretaciones que no tienen otro fin que impedir el ejercicio de derechos garantizados y protegidos por los cuerpos jurídicos nacionales e internacionales de derechos humanos y de los pueblos indígenas plenamente vigentes en el país…”

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Reproducimos Comunicado

Aymara- Quechua-Lickan antay- Diaguita- Colla-Rapa Nui- Mapuche-Kawésqar- Yagan
AUTORIDADES ANCESTRALES Y DIRIGENTES DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS AUTOCONVOCADOS
                                                           Diciembre 2013

DENUNCIA: EL NUEVO REGLAMENTO DE CONSULTA INDIGENA ES ILEGITIMO Y NO LO RECONOCEMOS COMO INSTRUMENTO PARA LA CONSULTA PREVIA LIBRE E INFORMADA

1.- EL ESTADO CHILENO TERGIVERSA LOS PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DEL CONVENIO 169 de la OIT AL PROMULGAR UN NUEVO REGLAMENTO CANCELATORIO DE DERECHOS.

El Estado de Chile a toda costa ha impedido el fiel cumplimiento del convenio 169, empeñándose en aplicarlo de modo torcido, dando la apariencia de “buena Fe”, con interpretaciones que no tienen otro fin que impedir el ejercicio de derechos garantizados y protegidos por los cuerpos jurídicos nacionales e internacionales de derechos humanos y de los pueblos indígenas plenamente vigentes en el país.

Es más, manipula las representaciones y su legitimidad, utilizando como único argumento “que es una invitación y como tal, es voluntaria”. Cuestión que, a nuestro juicio, atenta contra los estándares de un proceso de calidad, restringiendo el derecho a la participación de todos los pueblos. Somos 1.800.000 indígenas que queremos decidir nuestros destinos, es nuestro derecho.

Desde que asume el Gobierno Sebastián Piñera, a través de su maquinaria burocrática, articula una campaña orientada a confundir a los propios organismos internacionales (quienes habiendo cumplido un rol de observadores del proceso de consulta de las mesa de consenso no han emitido ninguna declaración pública de censura a la forma como se ha llevado a cabo el proceso, salvo el Instituto Nacional de Derechos Humanos, INDH). Nosotros evaluamos que se ha construido un relato en base a un supuesto acatamiento y observancia de los estándares del Convenio 169 de la OIT,  utilizando para ello, una denominada mesa de consenso, cuyo tenor ha sido la baja participación  y  la no representación de los pueblos.

De esta forma se consolida una estrategia generalizada, caracterizada por trabar el ejercicio de derechos a través de la dictación de decretos candados (doble reglamentación decreto 124, decreto de la consulta indígena en el SEIA) que están definiendo y suplantando la organización social y política propia de los pueblos indígenas. Decretos y procesos ilegítimos,  sin el respaldo mayoritario de los pueblos indígenas, se han atribuido la definición de asuntos centrales y de alta complejidad como la representatividad, la consulta, las formas de participación,  institucionalidad, afectación, derecho al territorio,  ¡Vaya manera de
gobernar!.

Este mal llamado consenso no hace más que mermar las confianzas y debilita la relación de los pueblos indígenas con el Estado de Chile.

Como muestra de lo anterior, enumeramos algunas iniciativas legales y administrativas que no han sido consultadas en base a los estándares internacionales y recomendaciones de expertos e instituciones de derechos humanos nacionales  e internacionales. Ni el Poder Ejecutivo ni el Poder Legislativo, realizó un proceso responsable de consulta mientras se desarrollaba el supuesto dialogo con los Pueblos Indígenas.

Reglamento de consulta del SEIA

La ley  701 de Fomento Forestal

La Ley de Televisión Digital

La Ley Antidiscrimación

La Ley de Concesiones Eléctricas

Ley Carretera Eléctrica

Proyecto Codelco Andina 244

Ley de Concesiones Geotermia

Reformas al Código Civil

Plan Araucanía

Ley de Pesca

Programa Educación Intercultural Bilingüe

Programa de Salud Intercultural

Proyecto de Ley, que modifica la Ley 19.253, sobre normas de protección, fomento y desarrollo de los Indígenas.

2.- GOBIERNO INGRESA AL CONGRESO REFORMA A LA LEY INDÍGENA INSTITUYENDO AL CONSEJO NACIONAL DE CONADI COMO ORGANO QUE SUPLANTA LA  REPRESENTATIVIDAD Y  PARTICIPACION PROPIA DE LOS PUEBLOS.

No satisfecho el gobierno con todas las normativas dictadas y mencionadas anteriormente, asigna facultades ilegítimas al Consejo Nacional de la CONADI, ente gubernamental sobre representado por personeros nombrados directamente por el Presidente de la República. Esto constituye una grave vulneración al Convenio, ya que este Proyecto de Ley pretende transformarse en un organismo clave en la implementación del Convenio 169, (Boletín N° 9.041-31, Cámara de Diputados)

El objetivo del Proyecto de Ley, es dejar claramente estipulado que el Consejo Nacional de CONADI, es el órgano representativo de los pueblos indígenas constituyéndola en institucionalidad para la Consulta y la Participación de los Pueblos Indígenas. No olvidemos que el proceso de formación de le Ley Indígena fue complicada respecto a la participación y con dificultades políticas para los pueblos indígenas que vieron coartadas sus aspiraciones justas. Hoy se pretende reemplazar y justificar al antojo de determinados grupos de poder, los contenidos de esta ley,  usando los  acuerdos de pasillo para sus acciones, siempre bajo la premisa de una negación normalizada de restricción los derechos de los pueblos indígenas.

Es importante relevar que cualquier modificación a la Ley Indígena (19.253) requiere de consulta a todos sus pueblos, situación que no ha ocurrido. Tanto el Gobierno y como el Congreso Nacional con pleno conocimiento de sus obligaciones,  hacen caso omiso a las recomendaciones del Relator Especial para los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, a los Mecanismos de expertos de la OIT, a los expertos en DD. HH., de instituciones de derechos humanos tanto nacionales como internacionales.

3.- POSTURA DE LAS AUTORIDADES ANCESTRALES Y DIRE LOS PUEBLOS INDÍGENAS AUTOCONVOCADOS.

El común denominador es la libre determinación como derecho  irrenunciable. Los pueblos indígenas tenemos total capacidad para decidir acerca de nuestros propios asuntos que nos beneficien como pueblo.  Hasta ahora las Leyes especiales- Leyes  y Decretos  desarrollados por el Estado de Chile, se han traducido en un daño al patrimonio natural de nuestros pueblos.

El respeto al derecho a la libredeterminación, es lo que permitirá dar paso a un nuevo modelo de relaciones y resolución de conflictos entre el Estado y los Pueblos Indígenas en Chile.

Damos a conocer claramente que este gobierno no ha avanzado en nada en la implementación del convenio 169,  por el contrario lo convirtió en la No Política. Por esta razón es que los procedimientos establecidos por este Gobierno son imposibles de respetar por los pueblos indígenas. Ningún pueblo se someterá a procesos consultivos que los perjudican, menos a dar el respaldo al Consejo de CONADI que está bajo el control del Ejecutivo.

Nuestra postura sigue siendo la misma: “reivindica el ejercicio pleno de derechos de los Pueblos Indígenas. Esta nueva generación de derechos colectivos e individuales, fundamenta procesos autónomos e independientes del Estado y que se suman a las conquistas de los Pueblos y mejoran la Ley Indígena 19.253 y se orientan a superar una institucionalidad anquilosada y extemporánea.  En esta perspectiva, no reconocemos los mecanismos consultivos en los cuales la Conadi se hace presente a través de sus Consejeros y a través de ellos nos realicen invitaciones a participar a los Pueblos Indígenas. Estos nuevos derechos que consagra el convenio 169 otorga legitimidad a los pueblos directamente y a sus instituciones representativas, cuestión que en la actualidad no se encuentra claramente definida, ni se contempla en procesos de consulta previa, libre e informada las veces que sean necesarias que conduzcan a la práctica real de los Derechos de los Pueblos Indígenas”.

4. EN LA LOGICA DE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, UNA NUEVA RELACIÓN DEL ESTADO Y LOS PUEBLOS INDIGENAS Y LAS POLÍTICAS INDÍGENAS, INSISTIMOS EN QUE SE DEBE HACER DE CARA A LOS PUEBLOS, TRANSPARENTE Y DE BUENA FE.  

Si existiera una real voluntad para establecer una nueva política del Estado con los Pueblos Indígenas,  se deberían propiciar relaciones políticas sólidas y en base a los más altos estándares de respeto a la capacidad autónoma de los pueblos, a sus instituciones representativas y organizaciones.

En este sentido no debe haber confusión entre Pueblos Indígenas y Estado.

Los Pueblos ya sabemos de intrigadas que por siglos ha caracterizado a los que precisamente se turnan en el poder. Más claro aún, un ejemplo de esto es el rol del ex ministro Viera Gallo, al impulsar la firma del infame Decreto 124 e institucionalidad indígena. Asimismo, podemos mencionar políticas públicas claves para el país y el ejercicio del lobby empresarial, de políticos y  expertos como es el caso de la política energética, personajes que actúan en la sombra, esperando ser nuevamente investidos para continuar con su política de despojo de los pueblos indígenas.

Las Autoridades Ancestrales y Dirigentes de los Pueblos Indígenas Autoconvocados, propiciamos una Nueva relación con el Estado  de Chile, que supere las malas prácticas políticas para con los pueblos indígenas en Chile, y por tanto,  forjar relaciones más participativas y con un claro norte de superar el paternalismo, autoritarismo, negación y discriminación. El Sistema Político se encuentra en crisis de legitimidad, precisamente por el carácter subordinado al modelo neoliberal,  a las trabas de sectores conservadores  a la profundización democrática  y a las limitaciones impuestas a reformas políticas orientadas a   superar  las más diversas inequidades. Esta es una realidad que nos afecta más duramente por la tendencia discriminativa y excluyente en  los ámbitos social, político, cultural y económico.

Efectivamente, los Pueblos Indígenas queremos ser protagonistas de nuestro propio desarrollo. Y para ello, desde las Autoridades Ancestrales y dirigentes de los pueblos indígenas demandamos el reconocimiento y respeto de nuestro propio ordenamiento  político, social, cultural, religioso y económico.

Por la Participación Política de los Pueblos Indígenas a través de su propia institucionalidad.

Por Reformas Políticas que mejoren la calidad de vida de los Pueblos Indígenas de acuerdo a su propia cosmovisión.

Por una Asamblea Constituyente inclusiva y participativa.

Por una Educación Pública, Gratuita y da Calidad para todos los niveles formativos que permita el desarrollo de nuestras culturas ancestrales.

Por una Consulta previa, libre e informada de todos los asuntos que nos afectan y que permita ejercer el legitimo derecho a decidir nuestros destinos.

Con la  misma fuerza que denunciamos el Decreto 124 como ilegitimo lo hacemos con el nuevo Decreto de Consulta. No a los caminos ilegítimos.

“ Autoridades Ancestrales y Dirigentes de
 Los Pueblos Indígenas Autoconvocados”

http://mapuexpress.org

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