samedi 13 avril 2013

Organismo de Derechos Humanos hace un llamado de atención por aislamiento de Presos Mapuche


CODEPU: “La política de aislamiento en contra de presos Mapuche consiste en trasladar desde cárceles ubicadas en territorio Mapuche hacia otras cárceles fuera de ese territorio. También consiste en aislar a una persona dentro de la misma cárcel, dejándola sin posibilidad de comunicarse con el resto del colectivo. Los últimos casos denunciados, entre otros, por la Misión Mapuche de la Compañía de Jesús de Tirua, son los de Ramón Llanquileo y la machi Millaray Huichalaf…”
Organismo de Derechos Humanos hace un llamado de atención por aislamiento de Presos Mapuche


CODEPU HACE UN LLAMADO DE ATENCION:
EL AISLAMIENTO DE LOS PRESOS MAPUCHES CONSTITUYE UNA VIOLACION A LOS DERECHOS ELEMENTALES DE LAS PERSONAS Y UNA CRUELDAD INNECESARIA.


La masiva ocupación policial del territorio Mapuche, el constante hostigamiento al que se ven sometidas sus comunidades y la política de aislamiento hacia los Mapuche encarcelados, forman parte de una estrategia represiva llevada a cabo en contra de ese pueblo.Lo que allí se vive se asemeja mucho a un estado de excepción.


La política de aislamiento en contra de presos Mapuche consiste en trasladar desde cárceles ubicadas en territorio Mapuche hacia otras cárceles fuera de ese territorio. También consiste en aislar a una persona dentro de la misma cárcel, dejándola sin posibilidad de comunicarse con el resto del colectivo. Los últimos casos denunciados, entre otros, por la Misión Mapuche de la Compañía de Jesús de Tirua, son los de Ramón Llanquileo y la machi Millaray Huichalaf. La Misión Mapuche de la Compañía de Jesús de la comuna de Tirúa envía una carta que lleva por título: Aislamiento de presos Mapuche: violación a los Derechos Humanos.


El convenio 169, sobre pueblos indígenas, de la OIT, ratificado por el Estado de Chile establece una serie de derechos que los estados deben respetar; respecto del tema, señalaremos los dos siguientes:


I-3-2 No deberá emplearse ninguna forma de fuerza o de coerción que viole los derechos humanos y las libertades fundamentales de los pueblos interesados, incluidos los derechos contenidos en el presente Convenio.


I-10-2 Deberá darse la preferencia a tipos de sanción distintos al encarcelamiento


El aislamiento obliga a los familiares a recorrer grandes distancias para poder visitar a sus seres queridos encarcelados, con el consecuente costo económico que eso implica, pero lo más grave del aislamiento, según lo expresan los comuneros presos políticos de la cárcel de Angol “ es la imposibilidad de practicar su cultura y espiritualidad a través del arraigo con su comunidad, el espacio territorial y social donde se desarrolla esta cultura y espiritualidad, y su familia, de la que quedan totalmente aislados”.


Afirmamos que el aislamiento no solo vulnera los compromisos del estado chileno contraídos ante la comunidad internacional, sino que es también una crueldad innecesaria al forzar un desarraigo de un pueblo tan comprometido con su cultura, su espiritualidad y su comunidad.


CODEPU adhiere a todas las manifestaciones de solidaridad con el pueblo Mapuche y hace un llamado a toda la sociedad chilena a reaccionar frente a la política represiva del gobierno contra un pueblo que lucha legítimamente por recuperar sus tierras y por preservar su cultura.
10 de abril de 2013



VIVIANA URIBE TAMBLAY
PRESIDENTA


JUANA MENDEZ BARRA
SECRETARIA EJECUTIVA

Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo


CODEPU

http://www.mapuexpress.net/

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