vendredi 16 mai 2014

Proyectos de inversión en territorio Mapuche: Intendente Huenchumilla hace un llamado al cumplimiento de los estándares de Derechos indígenas

En el marco de una votación de la Comisión del Medio Ambiente del Gobierno regional de la Araucanía, el Intendente de la Araucanía señaló que se debe cumplir con el Convenio 169 de la OIT en el marco de los proyectos de inversión que se emplazan en territorio ancestral y comunidades Mapuche y en ese sentido, levantó su voz indicando que la legislación ambiental es insuficiente y que existe una obligación que se debe cumplir estipulada por el convenio 169 de la OIT, siendo un claro mensaje al estamento público en materia indígena y ambiental que sigue sin acatar.

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Finalizando la sesión de votaciones del proyecto hidroeléctrico “Tacura”, emplazado en el territorio ancestral Mapuche, ocurrida el 6 de Mayo en el edificio del gobierno regional de la Araucanía,  el Intendente Francisco Huenchumilla presentó su posición, rechazando la calificación ambiental, argumentando que “si bien es cierto que estamos en presencia de una declaración, no de un estudio y estando afectada una comunidad; con la relación que aquí se ha hecho de los hechos y por la presentación que la misma comunidad había hecho, a mi juicio los estándares de la legislación ambiental de la ley 19.300 son insuficientes para cumplir con lo ordenado con el convenio 169, porque la legislación es general y el convenio 169 contempla una norma específica”.

A ello agrega: “Es una ley de la República y por lo tanto tiene que ser cumplida, más aun cuando el tribunal constitucional señaló expresamente la norma referida a la consulta, dice expresamente que es una norma autoejecutable, por lo tanto para que este proceso fuera completo, a mi juicio, una cosa es la participación o la consulta desde el punto de vista ambiental y otra cosa es la consulta especifica que tiene que hacerse en la medida que se ven comunidades indígenas afectadas conforme a la normativa del convenio 169”.

Finaliza señalando: “ A este proceso le falta esa consulta especifica que establece el convenio169, por eso creo que jurídicamente lo que correspondería sería retrotraer el proceso, para que esta consulta se verifique, en esa circunstancia rechazo ese proceso”.

Con el total de once autoridades participantes en el proceso de votación, el resultado final corresponde a seis a favor de la calificación ambiental contra cinco que rechazan esta misma, aprobándose así la medida que afecta considerablemente a comunidades Mapuche de Melipeuco, quienes podrían recurrir a otros recursos legales que permitan sobrellevar la desfavorable situación.

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