Anuló el juicio seguido en contra de José Antonio Ñirripil Pérez –menor de edad a la época de los hechos- y que concluyó con la dictación de una sanción mixta de un año y 11 meses de internación en régimen cerrado, la que se dio por cumplida por el tiempo que permaneció sujeto a medidas cautelares, y un año y 6 meses de libertad asistida especial.
Fuente: www.eldinamo.cl
La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco que condenó al comunero mapuche José Antonio Ñirripil Pérez -menor de edad a la época de los hechos- por su responsabilidad, en calidad de autor, del delito de incendio, ilícito perpetrado en el fundo Brasil, de la comuna de Vilcún, el 11 de septiembre de 2009.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Lamberto Cisternas y Juan Escobar (suplente); además del abogado integrante Luis Bates- anuló el juicio seguido en contra de Ñirripil que concluyó con la dictación de una sanción mixta de un año y 11 meses de internación en régimen cerrado, la que se dio por cumplida por el tiempo que permaneció sujeto a medidas cautelares, y un año y 6 meses de libertad asistida especial.
La resolución de la Corte Suprema acogió el recurso por la causal invocada de falta de fundamentación en la decisión del TOP de Temuco, pero la rechazó respecto de las causales de vulneración de derechos constitucionales y nulidad sustancial de la sentencia.
La decisión se adoptó con el voto en contra del abogado Bates, quien estuvo por rechazar el recurso de nulidad en su integridad, porque -en su opinión- no aparece quebrantado ningún requisito de validez de la sentencia recurrida y por ende, no concurre el motivo absoluto de invalidación.
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