En fallo dividido, la Tercera Sala de la Corte Suprema dio luz verde a Endesa y al contaminante proyecto Punta Alcalde en una zona declarada latente por contaminación, cuestión que decepciona a los vecinos y reconfigura el escenario de defensa de la vida y la salud en el territorio.
Por Comunicaciones OLCA – Fuente: olca.cl
Amargura, vulnerabilidad, impotencia, son parte de las sensaciones que se instalan en los y las vecinas del valle del Huasco al enterarse que hoy la Corte Suprema, gracias al voto del recientemente nombrado Presidente de la misma, ministro Sergio Muñoz, quien además fue el redactor del fallo, sentenció a muerte su territorio. No obstante, como es la vida lo que está en juego, la creatividad y las capacidades colectivas ya se están activando para imposibilitar la construcción de este proyecto, no se quedarán de brazos cruzados viendo ennegrecerse los olivos, los pulmones, en fin, el futuro de la comunidad.
El fallo revocó lo determinado por la Corte de Apelaciones que unánimemente estableció que Punta Alcalde había sido aprobado de manera ilegal y arbitraria por el Comité de Ministros, cuestión que el máximo tribunal chileno desestimó, señalando lo mismo que maliciosamente Endesa ha venido posicionando en la opinión pública, en términos de que su central termoeléctrica vendría a limpiar el aire del territorio al ponerse un filtro, como medida compensatoria, en las chimeneas de la CAP. Lo que sí, es que el fallo exigió que el filtro se someta al sistema de evaluación ambiental, y una vez aprobado, entre en operaciones, y solo entonces, pueda funcionar la central energética.
Sin embargo, para Juan Carlos Labrín, integrante de la Brigada S.O.S Huasco, este tipo de medidas evidencian la nula voluntad política de cuidar la salud y la autodeterminación de los pueblos por sobre la voluntad de los grupos económicos, involucrando hasta al poder judicial en sus maquinaciones. Señala Labrín “si efectivamente existe una tecnología para limpiar el aire que por más de 40 años la CAP viene ensuciando en nuestro territorio, por qué no se le ha exigido a la empresa que la instale, por qué se plantea instalar como monedita de cambio para nuevas emisiones de otro proyecto contaminante, eso es como decir, aprovechemos que estos ya están acostumbrados a morirse de cáncer y a ver morir sus cosechas, ellos sabrán resistir estas fábricas de muerte”.
Alvaro Toro, por su parte, abogado de la comunidad en este recurso, señaló que “la vulneración de los derechos socioambientales que se consagra en este fallo y las evidencias de nula participación ciudadana, es de tal magnitud, que indudablemente habrá que pensar en instancias jurídicas internacionales, pero también las comunidades deben estar claras de que es vital ir haciendo una fiscalización implacable a todo lo establecido en este pronunciamiento, para que no se cubra al Huasco con un manto de impunidad”.
Esto es especialmente relevante dado las evidencias de incapacidad o de la falta de voluntad de los organismos estatales, para hacer cumplir a las empresas con los compromisos contraídos en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el Valle del Huasco ya ha conocido los casos de Agrosuper y de Pascua Lama donde los incumplimientos han sido alevosos y no evidenciados desde las autoridades competentes, sino siempre, desde las comunidades víctimas de las situación de deprivación de derechos fundamentales.
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